Los vínculos entre la justificación y la verdad y su relevancia en el ámbito de la prueba,

AutorSerrana Delgado
CargoSerrana Delgado es Profesora Adjunta de Teoría General de Derecho y Profesora Ayudante de Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Es Profesora de Marco Constitucional del Sistema Tributario Uruguayo y de Marco Legal del Sistema tributario uruguayo de la Maestría en Tributación de la Facultad de ...
Páginas47-66
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Serrana Delgado3
 1. La verdad, la justicación y la prueba en el Derecho. 2. El co-
nocimiento como una creencia verdadera y justicada. 3. El conocimiento
apunta a conocer la verdad. 4. Las teorías de la verdad-copia: la teoría meta-
física ontológica de la verdad como correspondencia y la teoría semantista
y desentrecomilladora de Alfred Tarski. 5. La teoría de la verdad de Pop-
per. 6. Las teorías de la verdad pragmatistas kantianas herederas de Pierce:
Apel y Habermas. 7. El problema de la verdad en Richard Rorty y su de-
bate con Hillary Putnam. 8. La verdad y la justicación. 9. Conclusiones.
Recibido: febrero 2016
Aceptado: marzo 2016
: El presente artículo aborda los problemas que presentan las distintas
teorías de la verdad y de la justicación, considerando que los vínculos entre la verdad
y la justicación interesan a los juristas a la hora de optar por determinada teoría de la
prueba. Se concluye que la mayoría de los problemas que los teóricos de la prueba han
vinculado a una teoría de la verdad, incumben más que nada a una teoría de la justi-
cación, que presupone necesariamente a la verdad.
 Verdad - justicación - conocimiento - prueba - proposición - hecho
- creencia.
 This article addresses the problems presented by the various theories of
truth and justication, considering that the links between truth and justication are a topic
of interest to lawyers when opting for a particular theory of evidence. It is concluded that
most of the problems theorists of the evidence have linked to a theory of truth involve
nothing more than a theory of justication, which necessarily presupposes the truth.
 truth - justication - knowledge - evidence - proposition - fact - beliefe.
1. La verdad, la justicación y la prueba en el Derecho
La verdad no es el único objetivo del Derecho. El Derecho persigue otros nes que
en algunos casos, van en contra de la verdad. La verdad para el Derecho no puede ser
1 Tengo que agradecer especialmente las discusiones mantenidas sobre estos temas a Andrés Blanco
y Guzmán Rodríguez Carrau, quienes me incentivaron a variar algunas conclusiones sobre estos asuntos,
aunque no tuvieron ocasión de examinar este texto previamente. Obviamente que los errores que pueda
tener este artículo son de mi exclusiva responsabilidad.
2 Tengo que agradecer especialmente a Nelson Ottonelli, cuya lectura crítica de este artículo contri-
buyó a la demora de su publicación en pro de su calidad académica.
3 Serrana Delgado es Profesora Adjunta de Teoría General de Derecho y Profesora Ayudante de
Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República. Es Profesora de Marco
Constitucional del Sistema Tributario Uruguayo y de Marco Legal del Sistema tributario uruguayo de la
Maestría en Tributación de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de la República. Miembro
Académico de la Sociedad de Análisis Jurídico.
Ruptura | año 6, número 7
Los vínculos entre la justicación y la verdad y su relevancia en el ámbito de… Serrana DelgaDo
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conseguida a cualquier precio. El Derecho considera que ciertos derechos fundamenta-
les tienen que ser protegidos, incluso al costo de la verdad. Piénsese por ejemplo en el
derecho al debido proceso, o en el necesario descarte de una prueba trascendente que
fue tomada en violación de ciertos derechos fundamentales o en el instituto de la «cosa
juzgada», donde el curso de ciertas instancias procesales, aunque puedan darse a conocer
hechos verdaderos que contradigan lo allí resuelto, evidencia que el Derecho preere la
seguridad jurídica por sobre la verdad en estos casos.
Una forma muy simplicada de pensar el razonamiento judicial, es pensarlo en tér-
minos de premisas. En el accionar judicial intervienen premisas normativas y premisas
fácticas. Existen límites normativos y límites epistémicos a la justicación de la premisa
fáctica4 en la que se basa una decisión judicial.
La determinación de los hechos en el Derecho depende del propio Derecho. El Dere-
cho realiza una calicación sobre los hechos que considera relevantes y recorta otros que
entiende que no son relevantes. Hay ya en la denición de los hechos una cuestión de
calicación jurídica, donde hecho y derecho se entrecruzan de una forma muy compleja
y algunas veces de forma inescindible.
También la prueba de esos hechos cuya verdad hay que probar, se halla sujeta a una
estricta regulación legal. Se regulan los medios de prueba que se consideran admisibles y
también sus plazos y su forma en el proceso. Asimismo se regulan cuestiones que tienen
que ver con la valoración de la prueba. Por ejemplo, se establecen presunciones, algunas
veces absolutas que no admiten prueba en contrario y que parecen reñidas frontalmente
con cualquier idea de verdad, en atención a otros valores que se consideran más caros.
Con todas estas limitaciones el juez tiene que seleccionar las premisas fácticas desde
las que partirá su razonamiento. Lo anterior implica necesariamente un recorte de la
realidad, mediante el criterio de la relevancia asumido. No se trata de determinar hechos
relevantes, sino de proposiciones acerca de los hechos relevantes. Son descripciones de
los hechos, no los hechos mismos. La realidad no se puede aprehender de forma desnuda,
aunque este es un problema mucho más general y no sólo del Derecho.
No obstante lo anterior, la mayoría de los teóricos del Derecho y de los especialistas
en materia de prueba consideran que la verdad desempeña un rol trascendente para
el Derecho y han discutido sobre la mejor concepción de la verdad para la explicación
del fenómeno jurídico.
Se entiende que en muchos casos se trata de establecer hechos verdaderos, de que el
juez pueda conocer esos hechos. Los vínculos entre prueba y verdad han sido debatidos
en el ámbito académico.
Como sostiene Marina Gascón Abellán, dependerá de la concepción epistemológica
de fondo que se tenga qué posición se adopte en materia de prueba. Se puede partir de
un cognoscitivismo crítico que entienda que es posible la existencia de hechos objetivos
independientes y que la prueba en el proceso debe encaminarse a establecerlos (de ahí
lo cognoscitivo) y lo crítico porque entiende que más allá de los esfuerzos que se hagan
una proposición sobre un hecho podrá estar justicada, pero siempre está la posibilidad
de que sea falsada en virtud de otros elementos que aparezcan posteriormente, pero
4 Véase al respecto Moreso, J.J. y Vilajosana, J.M., «Introducción a la Teoría del Derecho», Madrid, Mar-
cial Pons, 2004, p.

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