Decreto No. 116/018.- Apruébase el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General de la ALADI, de la versión en idioma español del Quincuagésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35, suscrito entre los Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de Chile

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Decreto 116/018

Apruébase el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General de la ALADI, de la versión en idioma español del Quincuagésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35, suscrito entre los Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de la República de Chile.

(2.585*R)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 24 de Abril de 2018

VISTO: el Acta de Rectificación extendida por la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) el 16 de noviembre de 2017, de las versiones en idioma español e idioma portugués del Quincuagésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N. 35, suscrito el 5 de junio de 2009, por los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), y el Gobierno de la República de Chile, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980;

RESULTANDO: I) que mediante el referido Quincuagésimo Segundo Protocolo Adicional, se sustituyó íntegramente el Anexo 13 "Régimen de Origen" del Acuerdo de Complementación Económica N. 35, el cual fue aprobado en la República por Decreto N. 456/009 de 5 de octubre de 2009;

II) que en la XXVI Reunión Extraordinaria de la Comisión

Administradora del Acuerdo de Complementación Económica N. 35, celebrada el 11 de octubre de 2017, las delegaciones advirtieron la existencia de errores formales en ambas versiones del Anexo del citado Protocolo Adicional, los cuales fueron enmendados mediante el procedimiento de Acta de Rectificación;

CONSIDERANDO: que a los efectos referidos precedentemente, corresponde incorporar al ordenamiento jurídico interno el Acta de Rectificación del Quincuagésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N. 35;

ATENTO: a lo informado por la Delegación Permanente de la República Oriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:

ARTÍCULO 1

Apruébase el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), el 16 de noviembre de 2017, que consta como anexo y forma parte del presente Decreto, de la versión en idioma español del Quincuagésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N. 35, suscrito 5 de junio de 2009, por los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), y el Gobierno de la República de Chile, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, aprobado por Decreto N. 456/009 de 5 de octubre de 2009.

ARTÍCULO 2

Comuniqúese, publíquese, y dése cuenta a la Asamblea General.

Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; ARIEL BERGAMINO; DAÑILO ASTORI; GUILLERMO MONCECCHI; ENZO BENECH.

ACTA DE RECTIFICACIÓN DEL QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA N. 35

En la ciudad de Montevideo, a los dieciséis días del mes de noviembre de dos mil diecisiete, la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), en uso de las facultades que le confiere la Resolución 30 del Comité de Representantes como depositaría de los Acuerdos y Protocolos suscritos por los Gobiernos de los países miembros de la ALADI, y de conformidad con lo establecido en su artículo tercero, hace constar:

Primero.- Que en la XXVI Reunión Extraordinaria de la Comisión Administradora del ACE N. 35, celebrada en Brasilia el 11 de octubre de 2017, las Delegaciones de los países miembros advirtieron la existencia de errores formales en el Anexo al Quincuagésimo Segundo Protocolo Adicional al Acuerdo, en ambas versiones.

Segundo.- Que dichos errores son los siguientes:

Ubicación Donde dice: Debe decir:

Artículo 16

párrafo I Apéndice N. 7 Apéndice N. 8.

Artículo 41

Artículo 27 Artículo 35.

Artículo 41

Artículo 30...

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