Decreto No. 214/018.- Dispónese que las Instituciones de Intermediación Financiera públicas y privadas de todo el territorio nacional, que dispensen dinero mediante cajeros automáticos, deberán instalar sistemas de seguridad de entintado que impidan el uso del dinero obtenido a través de actos delictivos cometidos contra los referidos cajeros

PODER EJECUTIVO MINISTERIO DEL INTERIOR

Decreto 214/018

Dispónese que las Instituciones de Intermediación Financiera públicas y privadas de todo el territorio nacional, que dispensen dinero mediante cajeros automáticos, deberán instalar sistemas de seguridad de entintado que impidan el uso del dinero obtenido a través de actos delictivos cometidos contra los referidos cajeros.

(3.862*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 20 de Julio de 2018

VISTO: la necesidad de actualizar las medidas de seguridad que deben adoptar las Instituciones de Intermediación Financiera públicas y privadas, relativas a la dispensa de dinero mediante la utilización de cajeros automáticos, al amparo de la normativa vigente;

RESULTANDO: que se torna necesario disuadir y repeler los actos delictivos contra cajeros automáticos en todo el territorio nacional;

CONSIDERANDO: I) que resulta necesario regular las situaciones específicas contempladas en el Visto del presente;

II) que existen herramientas capaces de inutilizar el dinero obtenido mediante conductas criminales;

III) que en Derecho comparado se han adoptado soluciones normativas similares;

ATENTO...

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