Resolución No. 48/020.- Apruébase el proyecto de documento “Plan de Iniciación” a suscribirse entre la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, el MVOTMA y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo

4Documentos Nº 30.378 - febrero 12 de 2020 | DiarioOf‌icial
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
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Resolución 48/020
Apruébase el proyecto de documento “Plan de Iniciación” a suscribirse
entre la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, el MVOTMA
y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.
(472*R)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 31 de Enero de 2020
VISTO: el proyecto de documento “Plan de Iniciación” a suscribirse
entre la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional, el Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo;
RESULTANDO: I) que el mismo tiene por objeto fortalecer
los procesos de planicación y gestión territorial a nivel nacional,
departamental y local, tanto en instrumentos existentes como en
nuevos, mediante la integración del enfoque de sostenibilidad y
adaptación al cambio y variabilidad climática en los instrumentos de
ordenamiento territorial;
II) que el 5 de diciembre de 2019 se recabó la intervención de la
Auditoría del Tribunal de Cuentas Destacada ante el Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
III) que por Resolución de 11 de diciembre de 2019 el precitado
Ministerio autorizó la suscripción del documento “Plan de Iniciación”
así como la erogación emergente del mismo;
CONSIDERANDO: I) que se prevé la conformación de un Comité
Técnico de Seguimiento del proyecto integrado por un representante
del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, uno de la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional
y uno del área de medio ambiente de la ocina del Programa de las
Naciones Unidas para el Desarrollo Uruguay;
II) que se considera conveniente y beneciosa la suscripción del
precitado Plan de Iniciación;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el
artículo 145 de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986 y el artículo
33 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Apruébase el proyecto de documento “Plan de Iniciación” a
suscribirse entre la Agencia Uruguaya de Cooperación Internacional,
el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, cuyo texto
luce adjunto y forma parte de la presente resolución.
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2º.- Autorízase al señor Prosecretario de la Presidencia de la
República y Presidente del Consejo Directivo de la Agencia Uruguaya
de Cooperación Internacional, Dr. Juan Andrés Roballo, a suscribir el
referido Acuerdo.
3
3º.- Dése cuenta a la Asamblea General a los efectos previstos en el
4
4º.- Dentro de los diez días de suscrito el convenio, remítase al
Tribunal de Cuentas en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo
33 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013.
5
5º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; RODOLFO NIN NOVOA.
I. PROPÓSITO Y PRODUCTO ESPERADO
En junio de 2018 se cumplieron 10 años de la promulgación e
implementación de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo
Sostenible. Esta ley ha instalado un andamiaje jurídico de indiscutible
valor conceptual y operativo, que atiende las renovadas preocupaciones
sociales en temas del territorio, el ambiente y su relación con las
personas que en él habitan.
En estos 10 años, se han gestado una serie de instrumentos de
ordenamiento territorial en todo el país a diferentes escalas, a nivel
departamental, local, regional y nacional. Hoy el país cuenta con más
de setenta planes aprobados, todos en plena implementación y algunos
ya en proceso de revisión. La ley no sólo dio lugar a este proceso, sino
que ha permitido y permitirá incorporar nuevos desafíos y asumir de
modo favorable la incertidumbre inherente a los mismos.
A partir de 2016 la DINOT ha impulsado la Estrategia Nacional de
Acceso al Suelo Urbano, un conjunto de acciones para alcanzar ciertas
metas de acceso al suelo urbano para los programas de vivienda social
y el desarrollo urbano. Se estructura sobre tres ejes programáticos:
optimización y sustentabilidad del suelo urbanizado, adquisición
pública del suelo urbanizado y gestión del suelo público.
Por otra parte, a mediados de 2018 el MVOTMA y en particular la
Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial realizó el lanzamiento
de una Estrategia Nacional de Ciudades Sostenibles, cuyo principal
objetivo es lograr una mayor inclusión de esta temática en los procesos
de planicación y gestión de las ciudades uruguayas. Junto a esta, se
comenzó la implementación del proyecto “Integración del enfoque de
adaptación en ciudades e infraestructura y ordenamiento territorial
en Uruguay”. Este proyecto nanciado por el Fondo Verde para el
Clima (FVC) es implementado en forma directa por el Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo y es liderado por el MVOTMA
(Autoridad Nacional Designada de Uruguay ante el FVC), en
particular la División de Cambio Climático y la Dirección Nacional de
Ordenamiento Territorial. En un plazo de tres años tiene como objetivo
principal la elaboración de un Plan Nacional de Adaptación al Cambio
Climático en Ciudades e Infraestructuras. Los principales objetivos de
este proceso son: (a) reducir la vulnerabilidad frente a los efectos del
cambio climático mediante la creación de capacidades de adaptación
y resiliencia en ciudades, infraestructuras y entornos urbanos; y (b)
facilitar la integración de las medidas de adaptación al cambio climático
en las políticas, programas y actividades correspondientes, tanto
nuevas como existentes, en procesos y estrategias de planicación del
desarrollo concretos dirigidos a las ciudades y la planicación local.
Ambas estrategias se encuentran alineados con los compromisos
asumidos como país en el marco de la Nueva Agenda Urbana, de la
Conferencia Mundial sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible
(Hábitat III), los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el Plan
Nacional Ambiental, la Política Nacional de Cambio Climático, la ley
Nº 19.525 de Directrices Nacionales de Ordenamiento Territorial y
Desarrollo Sostenible, y la recientemente aprobada Directriz Nacional
para el Espacio Costero.
Para lograr la profundización de estas líneas estratégicas la DINOT
se propone, mediante este proyecto, destinar fondos propios para el
fortalecimiento y complementariedad de los equipos encargados del
desarrollo de los instrumentos de planicación y gestión. Se propone
también impulsar un mecanismo de medición, para la evaluación
y monitoreo de los objetivos propuestos mediante la denición de
indicadores diseñados a este n.
Este proyecto contribuirá al resultado MECNUD 1.1 (El país
ha fortalecido sus capacidades e institucionalidad para asegurar la
conservación de los recursos naturales, incluidos el agua, los servicios
ecosistémicos, la prevención de la contaminación y la generación y
el uso sostenible de la energía, promoviendo el desarrollo local y la
creación de medios de vida) y el resultado MECNUD 1.3 (El país
ha fortalecido sus capacidades para la mitigación y adaptación al

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