Resolución No. 8035/2018.- Fíjanse los valores fictos por kilo de carne de aves enteras, trozadas o deshuesadas y gallinas de postura de descarte, que regirán a partir del 1° de setiembre de 2018

VISTO: el Decreto No 621/006 de 27 de diciembre de 2006, y la Resolución de la Dirección General Impositiva No 3832/2015 de 24 de setiembre de 2015.

RESULTANDO: que las mencionadas normas establecieron un régimen de percepción para el Impuesto al Valor Agregado correspondiente a la comercialización de aves de la especie aviar gallus gallus;

CONSIDERANDO: necesario establecer los valores fictos, que regirán a partir del 1º de setiembre de 2018.

ATENTO: a lo expuesto;

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

  1. ) Para practicar la percepción a que refieren el primer inciso del numeral 1º, el primer inciso del numeral 2º, el segundo inciso del numeral 3º y el numeral 4º, de la Resolución de la Dirección General Impositiva No 3832/2015 de 24 de setiembre de 2015, fíjanse los siguientes valores fictos por kilo de carne:

    Aves enteras, trozadas o deshuesadas (excepto gallinas de postura de descarte) 6,99

    Gallinas de postura de descarte 1,27

    Para las ventas de menudencias...

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