Sentencia Definitiva nº SEF-0008-000077/2014 de Tribunal Apelaciones Civil 7ºtº, 2 de Junio de 2014

PonenteDra. Maria Cristina LOPEZ UBEDA
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2014
EmisorTribunal Apelaciones Civil 7ºtº
JuecesDra. Maria Victoria COUTO VILAR,Dr. Edgardo Mateo ETTLIN GUAZZO,Dra. Maria Cristina LOPEZ UBEDA
ImportanciaBaja

DFA-0008-000129/2014 SEF-0008-000077/2014

TRIBUNAL DE APELACIONES EN LO CIVIL DE SEPTIMO TURNO.-

MINISTRA REDACTORA: Dra. Ma. C.L.U..-

MINISTROS FIRMANTES: D.. Ma. Victoria C., E.E. y Ma. C.L.U..-

Montevideo, 2 de junio de 2014.-

VISTOS:

Para sentencia definitiva de segunda instancia estos autos caratulados "DA SILVA, ROBERTO c/ WARNER MUSIC SPAIN (DRO ATLANTIC) Y OTRO – DAÑOS Y PERJUICIOS”, IUE: 0002-032065/2007, venidos a conocimiento de esta Sala atento al recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia Nº 58, de 12/agosto/2013, dictada por la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 12º Turno, Dra. M.B., emitiéndose pronunciamiento anticipado conforme lo previsto por el art. 200.1 del Código General del Proceso.-

RESULTANDO:

1) El referido fallo, cuya relación de antecedentes se tiene por reproducida por acogerse a las resultancias de autos, desestimó la demanda.- Sin especial sanción procesal en la instancia -fs. 1080/1090 vto.-

2) Fundando el recurso interpuesto -fs. 1092- sostuvo la parte accionante, en síntesis, que la sentencia le agravia, formalmente, en cuanto fundó el rechazo de la demanda en aspectos que se encuentran fuera del objeto del proceso, tal como la comparación de la canción plagiada “Uruguay, te queremos ver campeón” con “The First Noel” y “El Canon” de P., lo que se encuentra fuera del objeto del proceso definido oportunamente, violentando la congruencia de la decisión.-

En cuanto al mérito, finca la impugnación en la inadecuada interpretación de los hechos relevantes y errónea valoración de la prueba producida, que condujo al rechazo de la demanda y por ende, la consiguiente desestimatoria de los daños causados y reclamados.-

Manifiesta que, contrariamente a lo sostenido por la sentenciante, obra prueba testimonial e incluso prueba pericial derivada del informe del Maestro R.M. (segundo perito designado), que desvirtúan la pericia del M.C.A., que acreditan el plagio entre la canción de autoría de los actores y la canción “Soñaré”, de la cantante española R., en su disco “Magia”, codemandada en autos.-

3) Conferido el traslado de rigor, fue evacuado a fs. 1132 por la parte demandada, fundando el recurso de apelación contra la interlocutoria 4294/2012 –fs. 1006- sustentando los agravios en la desestimatoria de la agregación de prueba que fundamenta las críticas contra las conclusiones de la pericia del Sr. M., que juzga notoriamente errónea, sosteniendo que no reviste...

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