Sentencia Definitiva nº dfa-0004-000904/2013 de Tribunal Apelaciones Civil 5ºtº, 23 de Diciembre de 2013

PonenteDra. Beatriz Anita FIORENTINO FERREIRO
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2013
EmisorTribunal Apelaciones Civil 5ºtº
JuecesDra. Maria Esther GRADIN ROMERO,Dr. Luis Maria SIMON OLIVERA,Dra. Beatriz Anita FIORENTINO FERREIRO
MateriaDerecho Administrativo
ImportanciaMedia

DFA-0004-000904/2013 SEF-0004-000202/2013

Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5 Turno

CHARLONE, V. y otros c/ MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

- RECLAMACIÓN DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS CONTRA EL ESTADO

0002-101328/2011

MONTEVIDEO,23 DE DICIEMBRE DE 2013.

Ministro Redactor: Dra. Beatriz Fiorentino

Ministros Firmantes: Dr. Luis María Simón

Dra. María Esther Gradín

Dra. B.F.

IUE Nº 2-101328/2011

Montevideo, 23 de diciembre de 2013

VISTOS

Para sentencia de segunda instancia estos autos caratulados “ C., V. y otros c/ Ministerio de Trabajo y Seguridad Social- Reclamación de funcionarios públicos contra el Estado” IUE 2-101328/2011, venidos a conocimiento del Tribunal en mérito al recurso de apelación deducido por la parte actora contra la sentencia dictada por la Sra Juez Letrado en lo Civil de 10º. Turno, D.B.T..

RESULTANDO

Por el referido pronunciamiento se desestimó la demanda, sin especial condena procesal.

Contra dicha decisión se alzó la parte actora sosteniendo, en lo fundamental, que el documento glosado a fs 2/2vto es un convenio colectivo tal como afirma en la consulta la D.M. y que, por lo tanto, el Poder Ejecutivo no puede apartarse de lo acordado en forma unilateral agregando que fue pacíficamente cumplido hasta que se dictó el Decreto No.319/2010 por lo cual al cambiar bruscamente su conducta la Administración, a la que se le aplica la teoría de los actos propios, faltó a la buena fe con que deben ejecutarse las convenciones.

Sustanciada la recurrencia, se la franqueó, se recibieron los autos en el Tribunal, se los pasó a estudio y se acordó sentencia que se dicta en el día de la fecha en forma anticipada (art. 200.1 num 1º. Del C.G.P.).

CONSIDERANDO

I

El Tribunal confirmará la sentencia apelada por no considerar de recibo los argumentos de los recurrentes.

II

En el caso los actores, funcionarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (en adelante MTSS) que desempeñan funciones en el área de negociación y mediación, deducen pretensión declarativa y de condena de pago de haberes con arreglo al Convenio Colectivo suscrito el 29/7/2008 entre COFE, en representación de la parte trabajadora y el Director General de Secretaría, en representación de la demandada en el marco de un proceso de negociación a fin de llegar a una reestructura escalafonaria y evaluación de ingresos de la División Negociación Colectiva de la Dinatra en un plazo no...

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