Sentencia Interlocutoria nº 403/2013 de Tribunal Apelaciones Penal 1º Tº, 9 de Diciembre de 2013

PonenteDr. Alberto Domingo REYES OEHNINGER
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2013
EmisorTribunal Apelaciones Penal 1º Tº
JuecesDr. Alberto Domingo REYES OEHNINGER,Dr. Sergio TORRES COLLAZO,Dr. Rolando Rubens VOMERO BLANCO
MateriaDerecho Penal
ImportanciaMedia

VISTOS

para interlocutoria de 2ª instancia en estos autos: “AA. Un delito continuado de Falsificación de documento privado en concurrencia fuera de la reitaración con un delito continuado de Estafa” (302-151/2011); venidos del Juzgado Ltdo. de P. de 2° Turno, a conocimiento del recurso interpuesto por la Defensa contra la Res. Nº 33/2013 dictada por la Dra. K.R. con intervención de la Sra. F.L.. D.. Dra. S.B..

RESULTANDO

I) A requerimiento del M. Público (fs. 229), por la decisión referida (fs. 232/233) se dispuso el procesamiento con prisión del indagado (oriental, casado, 37, profesor de inglés), bajo la imputación de la carátula, no obstante la oposición de la Defensa (fs. 229/230). AA era empleado de DD S.A. donde liquidaba los sueldos de personal, y realizaba descuentos o adelantes, recibía estados de cuenta de las empresas (entre ellas,BB) con la que su empleadora tenía convenios sobre gastos de los trabajadores, e intervenía en toda la operativa referida a los descuentos a realizarse a éstos por sus compras. Se entendió provisionalmente acreditado, que adulteraba los valores de compras de elevado monto (no autorizadas) en el supermercado donde era empleado, con el fin de distribuir entre los trabajadores, gastos que no correspondían, y así disminuir su cuenta personal. Para que la maniobra permaneciera oculta, los gastos realizados por él no eran descontados a los demás, y por ello no aparecían en sus recibos de sueldo, con lo que pasaban a ser absorbidos por la empresa donde él trabajaba. Esta situación se extendió por aproximadamente dos años y le reportó al encausado un provecho indebido estimado entre $ 240.000 y $ 250.000.

II) Al interponer reposición y apelación (fs. 242/246 vto.), la Defensa privada (Dr. R.S. expresó, en síntesis:

1) no surge agregado documento falso alguno, ni que su defendido lo haya expedido. Lo que hay agregadas de fs. 13 a 30 son planillas del BB que corresponden a compras que efectivamente realizaba AA con autorización de su empleador denunciante: “son planillas que manda el BB, se recibían mensualmente por él. Yo nunca las vi son funcionarios de la empresa que compran esa cantidad de plata”; 2) en definitiva, estas planillas y la documentación glosada en autos, fueron expedidas por el BB por las compras realizadas por los trabajadores de la firma del denunciante. No existen otros documentos en autos para imputar a su defendido un delito de falsificación; 3) en cuanto al delito de estafa, surge que su defendido realizaba compras en el Supermercado BB por los montos determinados y vales agregados de fs. 101 a 106. Dichos vales son adelantos de sueldo que están en poder de la empresa (por eso se agregaron en autos), como corresponde. AA reconoció expresamente que realizaba compras en los supermercados y por los montos que surgen de las planillas, y que se le adelantaba dinero mediante vales. Esta forma de operar es normal y es absurdo que va contra las reglas de experiencia , procesar a un trabajador por tener adelantos de sueldo que superan sus salarios y que el empleador autorizó, y que no se le descontó de su salario (por lo menos en su totalidad), más aún cuando los documentos están en poder del denunciante; 4) al tratar el tema de las diferencias de salario por diferencia de categoría, el Tribunal de Apelaciones en lo Laboral expresó: “la sumatoria de los montos que el actor cobraba vía recibo debidamente documentado mas lo que percibía en especie y por fuera…” Si lo percibido por el trabajador eran -como dice el tribunal de apelaciones- adelantos de sueldo, y parte integrante del salario, no puede desvirtuarse la naturaleza jurídica, diciendo que el trabajador realizó maniobras sin conocimiento y sin consentimiento del titular de la empresa, comprando bienes en supermercado y obteniendo vales perjudicando al denunciante, estafando; 5) el fallo de primera instancia en el juicio laboral también apunta hacia esa conclusión: “…de acuerdo a lo antes analizado y en el entendido que no existe controversia respecto de que el actor hubiera recibido la suma de dinero que hoy...

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