Sentencia Definitiva nº 204/2013 de Tribunal Apelaciones Penal 3º Tº, 27 de Junio de 2013

PonenteDr. Eduardo Nicasio BORGES DUARTE
Fecha de Resolución27 de Junio de 2013
EmisorTribunal Apelaciones Penal 3º Tº
JuecesDra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ,Dr. Eduardo Nicasio BORGES DUARTE,Dr. Julio Ernesto OLIVERA NEGRIN
MateriaDerecho Penal
ImportanciaMedia

Sentencia 204 M.. Redactor. Dr. E. Borges

Montevideo, 27 de junio de 2013.-

VISTOS:

Para sentencia definitiva de segunda instancia esta causa seguida a AA, por un delito de Falsificación de Cédula de identidad en concurrencia fuera de la reiteración con un delito continuado de Estafa, ficha (IUE-106-336/2010), venida a conocimiento de este Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Tercer Turno, en mérito al recurso de apelación oportunamente interpuesto por la Defensa de particular confianza del encartado, contra la sentencia Nº 64/2012, de 17 de abril de 2012 (fs. 187 y ss.), dictada por la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 14º Turno, Dra. M.A. De Los Santos Arigoni, y;

RESULTANDO:

1).- Se acepta y da por reproducida la reseña de actos procesales y demás aspectos formales contenidos en la decisión impugnada.-

2).- Por el fallo en cuestión se condenó a AA como co-autor de un delito de Falsificación de Cédula de Identidad en concurrencia fuera de la reiteración real, con un delito continuado de Estafa, en calidad de autor, a cumplir la pena de dos años y seis meses de penitenciaría, con descuento de la preventiva cumplida y siendo de su cargo los accesorios legales de rigor.-

Como atenuante operó la confesión y como agravante lo hizo la continuidad.-

3).- Contra el fallo mencionado interpuso la Defensa de particular confianza, el recurso de apelación – fs. 194- y expresó agravios a fs. 198 y ss., manifestando en síntesis que:

Le agravia exclusivamente el monto de la pena que se impuso, que considera excesivo y debería ser abatido al de veinticuatro meses de prisión, adecuado al caso y concordante con otras penas impuestas en otras sedes al recurrente por conductas similares.-

4).- Conferido el correspondiente traslado de los agravios al Ministerio Público, éste lo evacuó a fs. 201 y ss., contestando la motivación de los agravios de la Defensay abogando por la confirmación de la sentencia de primera instancia impugnada.-

5).- Por despacho Nº 3220/2012 de fs. 204, la Sra. Juez “a-quo” franqueó la alzada.-

Una vez los autos en esta S., consta que pasaron a estudio por su orden y, citadas las partes, se acordó sentencia en legal forma (fs. 208 y ss.).-

CONSIDERANDO:

1).- Que se confirmar á la sentencia atacada.-

2).- Sin perjuicio de tratar el agravio de la Defensa, la Sala en uso de las facultades revisivas...

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