Sentencia Definitiva nº 0013-000063/2014 de Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt, 12 de Marzo de 2014
Ponente | Dra. Raquel LANDEIRA LOPEZ |
Fecha de Resolución | 12 de Marzo de 2014 |
Emisor | Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt |
Jueces | Dra. Raquel LANDEIRA LOPEZ,Dr. Luis Domingo TOSI BOERI,Dra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA |
Materia | Derecho Laboral |
Importancia | Media |
SENTENCIA DEFINITIVA DFA 0013-000084/2014
SEF 0013-000063/2014
TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE 2º TURNO
MINISTRO REDACTOR: DRA.RAQUEL LANDEIRA LOPEZ
MINISTROS FIRMANTES: DRA.NANCI CORRALES GARCÍA, DR.LUIS TOSI BOERI, DRA.RAQUEL LANDEIRA LOPEZ
Montevideo, 12 de marzo de 2014.
VISTOS EN EL ACUERDO:
Estos autos caratulados “GONZALEZ PULERO, ATILIO C/ MEZA DUARTE, ALEJANDRO Y OTROS. PROCESO LABORAL ORDINARIO LEY 18.572, RECURSOS TRIBUNAL COLEGIADO” IUE 0227-000809/2012, venidos a conocimiento de este Tribunal en mérito al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia definitiva Nº 88/2013 de 11 de setiembre de 2013, dictada por la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Carmelo de 2°. Turno, Dra. M.A.C..
RESULTANDO:
1) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales que se consignan en la sentencia apelada procediendo al dictado de la presente.
2) Por sentencia definitiva de primera instancia Nº 88/2013, dictada con fecha 11 de setiembre de 2013, se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva respecto de la codemandada E.S.F.. Hizo lugar a la demanda y condenó a los codemandados A.W.M. y C.M. al pago de la suma de $ 563.304 en concepto de licencia, salario vacacional, aguinaldo, despido, daños y perjuicios preceptivos según liquidación efectuada en el Considerando VIII de la presente sentencia, sin perjuicio de la actualización hasta su efectivo pago, más las costas del juicio, sin especial condenación en costos (fs. 143 a 150).
3) La parte demandada, interpuso el recurso de apelación contra la sentencia definitiva y se agravió en cuanto a: a) período trabajado, b) acogimiento de los rubros licencia, salario vacacional y aguinaldo reclamados por la actora, c) condenatoria a la indemnización por despido, d) categoría laboral. Solicitó la revocatoria de la sentencia impugnada en todos sus términos, con costas y costos a la actora (fs. 153 a 155).
4)Por auto N° 4735/2013 de 24 de setiembre de 2013, se confirió traslado por el término legal (fs. 156), que fue evacuado a fs. 158 a 162 vta..
5) Por decreto N° 5020/2013 de 7 de octubre de 2013, se franqueó la alzada (fs. 164).
6) Recibidos los autos en este Tribunal, se remitieron a la remitente con observaciones (fs. 170).
Subsanadas las observaciones, se recibieron nuevamente los autos en el Tribunal y se dispuso el pase a estudio(fs. 174-175).
CONSIDERANDO:
I) Que se confirmará la sentencia definitiva impugnada, en mérito a...
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