Sentencia Definitiva nº SEF-0013-000024/2015 de Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt, 4 de Febrero de 2015

PonenteDra. Raquel LANDEIRA LOPEZ
Fecha de Resolución 4 de Febrero de 2015
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 2ºt
JuecesDra. Raquel LANDEIRA LOPEZ,Dr. Luis Domingo TOSI BOERI,Dra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA
MateriaDerecho Penal
ImportanciaMedia

SENTENCIA DEFINITIVA DFA 0013-000030/2015

SEF 0013-000024/2015

TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE 2º TURNO

MINISTRO REDACTOR: DRA.RAQUEL LANDEIRA LOPEZ

MINISTROS FIRMANTES: DRA.NANCI CORRALES GARCIA, DR.LUIS TOSI BOERI, DRA. R.L.L..

Montevideo, 4 de febrero de 2015.

VISTOS EN EL ACUERDO:

Estos autos caratulados “MARTINEZ, CARLOS C/ TUR ESTE SRL Y OTROS - RECURSO TRIBUNAL COLEGIADO PROCESO LABORAL ORDINARIO” IUE 0449-000355/2009, venidos a conocimiento de este Tribunal en mérito al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia definitiva Nº 50/2014 de 20 de junio de 2014, dictada por la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de Treinta y Tres de 3er. Turno, Dra. A.S..

RESULTANDO:

1) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales que se consignan en la sentencia apelada procediendo al dictado de la presente.

2) Por sentencia definitiva de primera instancia Nº 50/2014, dictada con fecha 20 de junio de 2014, se amparó parcialmente la demanda y en su mérito se condenó a la parte demandada en forma solidaria como conjunto económico la suma de $ 10.561 por concepto de diferencias de salarios, $ 45.78 por concepto de prima por antigüedad, $ 1.412 por concepto de feriados trabajados, $ 19.051 por concepto de toma y cese, $ 50.399 por concepto de viáticos, $ 7.274,55 por concepto de diferencia de aguinaldo más actualización e intereses que se generarán desde la presente sentencia, más la suma de $ 4.624 por concepto de reintegro por hijo debidamente actualizados desde la fecha de exigibilidad de acuerdo al decreto ley 14.500 más los intereses legales, desde el momento de la demanda y su incidencia en el complemento de aguinaldo esto es doceava parte del monto calculado por la demandada por el rubro reintegro por hijo debidamente actualizado y sus intereses, más las diferencias de licencia y salario vacacional del año 2003 y 2004 que se calcularán teniendo presente los extremos relacionados en el literal XII de los Considerandos, difiriéndose el acertamiento de su monto al procedimiento previsto por el art.378 C.G.P., correspondiendo su actualización e intereses de acuerdo al decreto ley 14.500. Se condenan daños perjuicios preceptivos establecidos en un 20% de la suma que se condena, sin especial condenación (fs.456 a 468).

3) La parte demandada, interpuso recurso de apelación contra la sentencia definitiva y se agravió por la condena al pago de toma y cese y al pago de complemento del aguinaldo y el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR