Sentencia Definitiva nº SEF-0014-000072/2014 de Tribunal Apelaciones Trabajo 3ºt, 19 de Marzo de 2014

PonenteDra. Julia Myriam ODELLA FEIJO
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2014
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 3ºt
JuecesDr. Juan Carlos CONTARIN VILLA,Dra. Julia Myriam ODELLA FEIJO,Dr. Cristobal NOGUEIRA MELLO
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaBaja

DFA-0014-000112/2014 SEF-0014-000072/2014

MINISTROS FIRMANTES: Dr. J.C.S.C.V., Dr. C.N.M., Dra. J.M.O.F.

MINISTRA REDACTORA: Dra. J.M.O.F.

Montevideo 19 de marzo de 2014.-

VISTOS:

Para sentencia definitiva de segunda instancia los autos caratulados “HERRERA MORENO, C.C.B.J., G. y otro – Proceso Laboral Ordinario” (IUE Nº 0002-021284/2013) venidos en conocimiento de este Tribunal en mérito al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia Nº 72 de 24 de setiembre de 2013 dictada por la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de trabajo de 12 Turno, DrA. M.P.A..

RESULTANDO:

1.-Por el referido pronunciamiento se dispuso acoger la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por G.B. y hacer lugar parcialmente a la demanda V.S.A. a pagar al actor los rubros correspondientes a salarios impagos, licencia, salario vacacional, aguinaldo diferencias salariales, horas extras e indemnización por despido conforme liquidaciones realizadas en los considerandos respectivos con más el 10% sobre los rubros de naturaleza salarial en concepto de daños y perjuicios preceptivos, la multa de rigor y reajustes e intereses correspondientes, descontando lo ya abonado, todo sin especiales condenas en el grado.

2.-Contra dicho pronunciamiento se alza la parte demandada Varmajo SRL agraviándose en cuanto inadecuada valoración del aporte probatorio obrante arribándose a desajustada decisión. Se agravia por las bases salariales utilizada para el cálculo de los rubros diferencia salarial, licencia, salario vacacional, aguinaldo, horas extras y despido, tomando como base $ 24.103 y en el rubro horas extras lo hace sobre el salario de $ 17.193, entiende que la base salarial para calcular los diferentes rubros es única.

Su segundo agravio que se relaciona con el primero, versa sobre la aplicación de la base salarial, allí plantea acorde a la categoría en la cual dice el actor desempeñaba funciones, el monto salarial correspondiente

El tercer agravio refiere compensación por cobranza, insiste en el hecho de que si se entendió que había diferencias salariales debió tomarse el sueldo base de $ 13.528 para la categoría chofer, franja A2 no correspondiendo adicionar el 10% porque quedó acreditado en autos que el actor no realizaba cobros.

En cuarto lugar, habla de error aritmético en la base salarial, vuelve sobre las bases salariales haciendo diferentes cálculos.

En su quinto agravio entiende que resulta errónea la valoración de la prueba en relación a la carga horaria extraordinaria, habla del criterio jurisprudencia, analiza la declaración de testigos entendiendo que muchos de...

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