Sentencia Definitiva nº 0511-000280/2013 de Tribunal Apelaciones Trabajo 4ºt, 10 de Septiembre de 2013

PonenteDra. Rita Beatriz PATRON BETANCOR
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2013
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 4ºt
JuecesDr. Jose ECHEVESTE COSTA,Dra. Rita Beatriz PATRON BETANCOR,Dr. Adolfo FERNANDEZ DE LA VEGA MENDEZ
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaMedia

SENTENCIA DEFINITIVA DE SEGUNDA INSTANCIA Nº

TRIBUNAL DE APELACIONES DE TRABAJO DE 4º TURNO

MINISTRO REDACTOR: DRA. R. PATRÓN

MINISTROS FIRMANTES: DR. JOSÉ ECHEVESTE COSTA, DRA. R.P., DR. A.F. DE LA VEGA

Montevideo, 10 de setiembre de 2013

VISTOS EN EL ACUERDO:

Para sentencia definitiva de segunda instancia estos autos caratulados “A.H. Y OTRO C/BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY Y OTRO- RECLAMO POR SALARIOS IMPAGOS” IUE: 0304-000067/2012, venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la codemandada AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA Y FIDEICOMISO Nº 5 contra la sentencia definitiva de primera instancia Nº 49/2013 de 29 de mayo de 2013 dictada por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Paysandú de 5º Turno, Dr. D.N..

RESULTANDO:

I) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales que se consignan en la sentencia apelada procediendo al dictado de la presente.

II) Por la referida sentencia (fs.211-228 vto.), se acogió la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el codemandado BANCO HIPOTECARIO. Se hizo lugar a la demanda y en su mérito, se condenó a los codemandados R.F.Y.B.O. y subsidiariamente a los codemandados AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA Y FIDEICOMISO Nº 5 a pagar a los actores H.G.A., la suma de $50.307, 54 por concepto de salarios impagos, horas extras, licencia, salario vacacional, incentivos, media hora paga, ropa, transporte y herramientas, aguinaldo, daños y perjuicios preceptivos y multa, todo debidamente reajustado conforme al decreto ley 14.500 e intereses legales hasta la fecha de su efectivo pago; W.R.R., la suma de $50.307,54 por concepto de los mismos rubros que el anterior actor, todo debidamente reajustado conforme al decreto ley 14.500 e interese legales hasta la fecha de su efectivo pago. Las costas de los acores de oficio y las de los demandados de su cargo. Los costos por su orden.

III) El representante de los codemandados AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA Y FIDEICOMISO Nº 5 se alzó contra dicha sentencia, agraviándose en cuanto a que: a) efectúa una inadecuada valoración de la prueba y errónea aplicación de las normas, al acoger la responsabilidad subsidiaria respecto de los codemandados AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA Y FIDEICOMISO Nº 5 ya que no resulta claro ni debidamente probado que fueran los empleadores y por ende responsables del pago de los rubros salariales (fs.226-230 vto.); b) no corresponde la condena al pago de los rubros laborales, pues es...

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