Sentencia Definitiva nº SEF 11-000066/2013 de Tribunal Apelaciones Familia 2ºt, 20 de Junio de 2013

PonenteDra. Maria Cristina CANTERO ALBRIEUX
Fecha de Resolución20 de Junio de 2013
EmisorTribunal Apelaciones Familia 2ºt
JuecesDr. Eduardo Nelson CAVALLI ASOLE,Dra. Maria Cristina CANTERO ALBRIEUX,Dr. Jonny Barcich SILBERMANN COHN
MateriaDerecho De Familia
ImportanciaBaja

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SENTENCIA No.SEF-11-66/2013 F

Ministra redactora Dra. C.C..

Montevideo, junio 20 de 2013.

VISTOS:

Para sentencia definitiva de segunda instancia estos autos:¨ LLORCA, T. c/ AMOROSO, Jerónimo-Observaciones al Inventario¨(Fa. 0370-000244/2010) venidos a conocimiento de la Sala en virtud del recurso de apelación deducido por la parte demandada contra la sentencia No. 101 de 28 de agosto de 2012, dictada por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de San José de 2º. Turno, Dr. H.R.:

RESULTANDO:

1) La impugnada amparo las observaciones efectuadas por el demandado, así como la inclusión de las ganancias del establecimiento rural impetrado por la actora; sin especial condena procesal (fs. 227/235 vto.).

2) El representante del recurrente se agravia de:

- la inclusión en el inventario, de las ganancias del establecimiento rural, durante diecisiete años que el matrimonio estuvo separado y la explotación se efectuó por su representado en exclusividad; entiende que durante dicho periodo no hubo desplazamiento patrimonial a favor del demandado; si hubo ganancias, fueron destinadas al pago de gastos del establecimiento que integra el activo ganancial; lo único reclamado por la actora fueron las herramientas y los animales, ¨…lo que hicimos juntos…¨ dijo al declarar; la pericia practicada incluye supuestas ganancias de los años 2009 y 2010 que no proceden porque la sociedad conyugal ya estaba disuelta:

- la no inclusión de la deuda por U$S 45.000 que fue denunciada en el inventario y que la actora reconoce en su alegato, extremo que constituye confesión de la contraria.

Pide la revocación parcial de la sentencia en el sentido expuesto.

3) La parte actora evacua el traslado y postula la confirmación con la máxima condena procesal, porque se acredito que el establecimiento rural obtuvo ganancias durante los años de administración exclusiva del contrario, como señala la pericia de autos; esas ganancias fueron destinadas por el demandado a cubrir gastos de su nueva familia con hijos, mientras la compareciente debió solventar las necesidades de hijas comunes.

No surge de autos que el recurrente invocara el argumento que ahora esgrime en los agravios.

La deuda que se pretende incluir fue resistida por su parte y no reconocida. Tampoco ¨…formo parte del juicio¨ (sic a fs. 246).

4) En providencia No. 5467/2012 se concedió la alzada.

Recibidos los autos en esta S., se dispuso el pasaje a estudio y culminado, se acordó sentencia, la que se dicta en forma anticipada.

5) Surge del acordonado entre las mismas partes Fa. 370-265/2008, que el matrimonio se celebro el día 10/11/1983 (fs. 1) y que fue disuelto por divorcio según sentencia No. 154 de 15/9/2008 (fs. 14y vto.).

6) Emerge de la demanda de fs. 1/3, que la actora formulo observaciones al...

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