Sentencia 2 nº 2/2019 de 2, 22 de Enero de 2019
Ponente | Dra. Mary Cristina ALONSO FLUMINI |
Fecha de Resolución | 22 de Enero de 2019 |
Emisor | 2 |
Jueces | Dra. Mary Cristina ALONSO FLUMINI,Dra. Loreley OPERTTI GALLO,Dra. Claudia Giselle KELLAND TORRES |
Materia | 2 |
Importancia | 1 |
Sentencia Nro. SEF-0007-000002/2019 DFA-0007-000007/2019
Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Tercer Turno de Feria.-
Ministra R.: Dra.Mary Alonso Flumini
Ministros firmantes:
Dra.Loreley O.; D.ClaudiaK.; D.MaryA..
Montevideo, 22 de enero de 2019.
VISTOS:
Para Sentencia definitiva de segunda instancia, estos autos caratulados “AA c/ Ministerio de Salud Pública.- Amparo”, IUE 2-52273/2018, venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de Apelación interpuesto por el Ministerio de Salud Pública contra la Sentencia N° 2/2019, de fecha 3 de enero de 2019, dictada por el Sr.Juez Letrado de Primera Instancia de la Capital de FERIA, Dr. C.A..
RESULTANDO:
I.- La Sentencia referida, hizo lugar a la acción de amparo, condenando al Ministerio de Salud Pública a entregar al actor el fármaco PIRFENIDONA, en el plazo de 24 horas y hasta tanto su médico tratante lo prescriba, no obstante su reciente incorporación al FTM (Anexo I).- Sin especial condenación procesal.-
II.- Contra dicho dispositivo se alza el representante del Ministerio de Salud Pública, quien formula agravios en los términos explicitados en escrito obrante a fs.225 y ss., impetrando la revocatoria de la impugnada.-
III.- Sustanciado el recurso de apelación, lo evacua en escrito obrante a fs.231 y ss. la representante judicial de la parte actora, abogando por la confirmatoria de la atacada en todos sus términos, con expresa condena en costas y costos al recurrente.-
IV.- Recibidos los autos con fecha 17.1.2019, se cumple con el estudio correspondiente, acordándose el dictado de la presente.-
CONSIDERANDO:
I.- Que se habrá de confirmar la Sentencia impugnada, por los fundamentos que seguidamente se expresan.-
II.- En el caso que se analiza, el amparista, Sr. AA, de 64 años edad -tal como surge del informe médico realizado por el Neumólogo tratante, Dr. D G F- padece Fibrosis Pulmonar Idiopática (FPI), patología que deteriora el funcionamiento pulmonar generando la aparición de disnea progresiva en su intensidad, con efecto devastador sobre la calidad de vida del paciente.- El pronóstico de la enfermedad es malo, con una supervivencia de entre 2 y 5 años luego del diagnóstico.- Tiene indicado el tratamiento con PIRFENIDONA, con el objetivo de estabilizar la enfermedad, reduciendo la tasa de progresión y prolongar la supervivencia.- Se trata de un fármaco habilitado por la EMA y FDA y está disponible en nuestro país, no encontrándose en el FTM-PIAS una droga con similares características (informe a fs.3-5).- Solicitó el medicamento al MSP en junio de 2018, al amparo de la Ordenanza N° 692/2016, siendo notificado con fecha 31 de octubre de 2018 del contenido del Acta de la Comisión Técnica Asesora en la cual se sugiere al Ministro no acceder a su petición.- Señala que, en su caso no fue designado un Asesor externo para el estudio de su particular situación y que, a la fecha de promoción del presente juicio aún no se...
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