Sentencia Definitiva nº 33/2020 de Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt, 19 de Febrero de 2020

PonenteDra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2020
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 2ºt
JuecesDra. Maria Veronica SCAVONE BERNADET,Dra. Silvana Maria GIANERO DEMARCO,Dra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaMedia

SENTENCIA DEFINITIVA DFA Nº 0013-000046/2020

SEF Nº 0013-000033/2020

TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE 2º TURNO

MINISTRO REDACTOR: DRA N.C.G.

MINISTROS FIRMANTES: DRA V.S.B., DRA S.G.D., DRA N.C.G.

Montevideo, 19 de Febrero de 2020.

VISTOS EN EL ACUERDO:

Estos autos caratulados “PEREYRA, GUSTAVO C/ PATIÑO MARÍA Y OTROS – PROCESO LABORAL ORDINARIO (LEY 18.572), RECURSO TRIBUNAL COLEGIADO” I.U.E. 0002-011930/2019, venidos en conocimiento de este Tribunal en mérito del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia Definitiva Nº 76/2019 de 17 de Octubre de 2019, dictada por la Sra. Juez Letrada de Primera Instancia de Trabajo de la Capital de 20º Turno, Dra. K.M..

RESULTANDO:

1) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales que se consignan en la Sentencia apelada procediendo al dictado de la presente.

2) Por Sentencia Definitiva de primera instancia Nº 76/2019 (fs.483), dictada con fecha 17 de Octubre de 2019, se dispuso “Ampárase la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por J.S.. Condénase a J.M. y A.B.P., en calidad de sucesores de M.A.P., y a P.V., a abonar al Sr G.P. la suma de $14.662 (catorce mil seiscientos sesenta y dos pesos uruguayos) por concepto de diferencias en aguinaldo y licencia no gozada, multa y daños y perjuicios preceptivos. Rubros que se encuentran actualizados al día de la fecha, y deberán seguir actualizándose hasta su efectivo pago. Los montos se determinaron en función de ingresos nominales. Desestímase la demanda en lo demás. Sin especial condenación. Consentida o ejecutoriada, cúmplase. H. fictos 3 BPC a la parte demandada”.

3) La parte actora, a través de su representante legal, interpuso recurso de apelación contra la Sentencia Definitiva dictada, agraviándose en cuanto considera parcialmente la prueba agregada en pendrive, ampara la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el codemandado J.S. y desestima los reclamos de horas extras, aguinaldo e indemnización por despido, solicitando sea revocada (Fs 496 a 504).

4) Por Decreto 1923/2019 de fecha 22 de Octubre de 2019 se otorgó traslado del recurso de apelación interpuesto a la parte demandada, quien evacua de fs 507 a 510, abogando por la confirmatoria.

5) Por auto Nº 2004/2019 de fecha 29 de Octubre de 2019 se franqueó la alzada (fs. 511).

Recibidos los autos por el Tribunal, se dispuso el pase a estudio de los Sres. Ministros y acuerdo (fs. 517 y 518).

CONSIDERANDO:

I) Apela la parte actora realizando una serie de consideraciones sobre la prueba que ha sido tenida en cuenta en la recurrida.

Afirma a fs 496 que a su criterio la sentenciante solo consideró la prueba impresa no así la agregada mediante pendrive. En función de ello solicita se revoque y se tenga en cuenta toda la prueba agregada por dicho medio.

Según los dichos de la parte a fs 22, el pendrive contiene todas las planillas de recaudación de todo el período por E. taxi, así como también las planillas diarias del mismo período, donde se detalla horarios, kilómetros recorridos y demás datos, incluso monto recaudado y cobrado.

La parte omite atacar la valoración probatoria (o en este caso la falta de consideración de prueba) pero relativa a un rubro en particular, no de forma aislada ya que no constituye un agravio articulado en forma.

En el capítulo referido al presente agravio no hay una sola mención concreta de que rubro podría...

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