Sentencia Definitiva nº 67/2020, 22 de Mayo de 2020

PonenteDra. Gloria Elisa SEGUESSA MORA
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2020
JuecesDra. Lina Silvia FERNANDEZ LEMBO,Dra. Gloria Elisa SEGUESSA MORA,Dr. Juan Carlos CONTARIN VILLA
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaMedia

DFA-0014-000122/2020 SEF-0014-000067/2020

TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE TERCER TURNO

MINISTROS FIRMANTES: D.. J.C.C.V., L.F.L. y G.S.M..-

MINISTRA REDACTORA: Dra. Gloria S.M..-

Montevideo, 22 de mayo de 2020.-

VISTOS:

Para sentencia definitiva de segunda instancia estos autos caratulados: “ESCANDON, R.c.D.P., JORGE ' DEMANDA LABORAL - ” IUE 2-36567/2019, venidos a conocimiento de la Sala en virtud del recurso apelación interpuesto contra la Sentencia Definitiva N 70/2019 dictada por el Sr. Juez Letrado del Trabajo de la Capital de 19 Turno, Dr. J.P.R..-

RESULTANDOS: 1) La referida sentencia, a cuyo correcto relato de antecedentes cabe remitirse, amparó parcialmente la demanda y en su mérito condeno al demandado a abonar al actor los rubros licencia no gozada, salario vacacional, aguinaldo, horas extras, indemnización por despido, accesorios, reajustes e intereses legales conforme lo establecido en el Considerando XII.-

2) A fs. 69/73 vto comparece el representante del demandado interponiendo recurso contra la referida sentencia deduciendo agravio en cuanto se lo condena al pago de diferencia de licencia, salario vacacional y aguinaldo, horas extras e indemnización por despido respecto del segundo período laborado por el actor, solicitando se revoque la recurrida haciendo lugar a la expresión de agravios.-

3) Por auto 2134/2019 se dio traslado del recurso de apelación a la parte actora, el que fue evacuado por su representante a fs. 79/81 vto. solicitando se desestime la apelación y se mantenga la sentencia impugnada .- 4) Por providencia 2172/2019 se franqueó el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia definitiva dictada en autos con efecto suspensivo para ante el Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 3 Turno.-

5) Recibidos los autos por el Tribunal, de mandato verbal del 2 de marzo de 2020 se señaló fecha de Acuerdo y se dispuso el pasaje de los mismos a estudio de los Sres. Ministros de la Sala, el que se llevó a cabo en forma sucesiva por imposibilidad material de realizarse en forma simultanea.-

CONSIDERANDO:

1) La Sala por la voluntad unánime de sus integrantes naturales entiende que los agravios deducidos por la parte demandada no logran conmover la fundada a sentencia de primera instancia, la que será confirmada en todos su términos, conforme los fundamentos que se pasan a exponer.- 2) El actor reclama el pago de licencia, salario vacacional, aguinaldo, horas extras, descansos semanales, descanso intermedio e indemnización por despido alegando haber trabajado para el demandado desde el 3 de enero de 2018 hasta el 25 de mayo de 2019 fecha en que egresó por despido, que su remuneración al egreso ascendía a $ 1.500 por jornal, que la jornada de trabajo era de 8 a 20 horas y que desde el 21 de setiembre de 2018 hasta el 31 de diciembre de ese año trabajó fin de semana por medio manteniendo la relación laboral bajo ese régimen.-

El demandado controvierte la procedencia de los rubros horas extras, descanso semanal, descanso intermedio e indemnización por despido, admitiendo adeudar los rubros licencia, salario vacacional y aguinaldo pero por montos muy inferiores a los reclamados manifestando que la relación laboral no fue continua sino que hubieron dos períodos, uno desde el 3 de enero de 2018 al 13 de setiembre de 2018 y el otro desde el 28 de febrero de 2019 al egreso el 25 de mayo de 2109, que convocaba al actor tres veces por semana, que la remuneración ascendió a $ 1.000 en el primer período trabajado y a $ 1.200 en el segundo y que el actor no fue despedido, en el primer periodo renunció, y en el segundo en su calidad de jornalero por no ser necesaria su concurrencia se le manifestó que al día siguiente no debía concurrir y luego no contestó más los llamados y mensajes enviados.- Se dictó sentencia definitiva parcial condenando al pago de los rubros y montos admitidos adeudar por el demandado.- El Sr. Juez condenó al pago de licencia, salario vacacional, aguinaldo, horas extras e IPD según liquidación efectuada considerando que surge acreditado en autos que entre las partes existieron dos relaciones laborales, una entre el 3 de enero de 2018 y el 21 de setiembre de 2018 y la otra entre el 1 de enero y el 25 de mayo de 2019, que el actor laboraba de lunes a viernes, que el actor hacía 3 horas extras diarias, que el monto de la remuneración en el primer vínculo ascendió a $ 1.000 por jornal y en el segundo a $ 1.200 y que la segunda relación laboral finalizó por despido. Y desestima el reclamo de descanso semanal y descanso intermedio.- 3) El actor se agravia por la condena dispuesta por licencia, salario vacacional, aguinaldo, horas extras e indemnización por despido en base a la consideración que hace la S. respecto de los periodos, horario y cantidad de jornales supuestamente...

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