Sentencia Interlocutoria nº 267/2011 de Tribunal Apelaciones Penal 3º Tº, 13 de Octubre de 2011

PonenteDr. Julio Ernesto OLIVERA NEGRIN
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2011
EmisorTribunal Apelaciones Penal 3º Tº
JuecesDra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ,Dr. Eduardo Nicasio BORGES DUARTE,Dr. Julio Ernesto OLIVERA NEGRIN
MateriaDerecho Civil
ImportanciaBaja

M.. Red: Dr. J.O.N.

SENTENCIA No. 267

Montevideo, 13 de octubre de 2011.

VISTOS, para sentencia definitiva de segunda instancia éstos autos caratulados “ AA. Un delito de estafa ” ( IUE 340 – 262 / 2009 ) venidos a conocimiento del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er. Turno en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensa contra la sentencia No. 48 de 15 de Setiembre de 2010 dictada por el Señor Juez Letrado de Primera Instancia de Segundo Turno de R.D.G.F...- Intervinieron en el juicio en representación del M.isterio Público la Señora Fiscal Letrado Departamental Dra. G. SIERRA y el Señor Defensor Dr. J.C.C.C..

RESULTANDO.-

1) Que se aceptan y dan por reproducidas la reseña de actos procesales y relación de hechos probados contenidas en la sentencia de primer grado, por ajustarse a las resultancias de autos.-

2) Que por el precitado fallo se condenó a AA como autor penalmente responsable de un delito de Estafa a la pena de doce meses de prisión, no computándose circunstancias alteratorias de la responsabilidad ( fs. 42 – 45v. ).

3) Que contra la mencionada Sentencia la Defensa interpuso recurso de apelación sosteniendo, en síntesis que, no se tipifició el delito de estafa por cuanto no hubo de parte del encausado estratagemas y si existieron las mismas no fueron idóneas para engañar.

Se agravia asimismo por no haber computado la atenuante de la primariedad absoluta de AA pues la mera existencia de otro proceso penal en trámite no lo priva de esa calidad.

También considera que al condenar por un solo delito de Estafa debió abatirse la pena solicitada por la Fiscalía la que dedujo acusación por tres ilícitos de Estafa.

Por último, entiende que debió concederse la suspensión condicional de la ejecución de la pena ya que están dados todos los requisitos habilitantes para ello ( fs. 50 – 54v. ).

4) Que conferido traslado al M.isterio Público éste lo evacuó abogando por la confirmación de la sentencia apelada salvo en cuanto no computa la primariedad absoluta tal como debió hacerse ( fs. 56 – 60 )

5 ) Que se franqueó el recurso interpuesto elevándose el mismo para ante el Tribunal de alzada.

Una vez recibida la causa en ésta Sala, se pasó a estudio por su orden y convocadas las partes se acordó sentencia en legal forma.

CONSIDERANDO.-

I ) Que el Tribunal constata que en el aspecto...

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