Sentencia Definitiva nº 322/2007 de Tribunal Apelaciones Penal 2º Tº, 28 de Noviembre de 2007
Ponente | Dra. Maria Rosina ROSSI ALBERT |
Fecha de Resolución | 28 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Tribunal Apelaciones Penal 2º Tº |
Jueces | Dr. John PEREZ BRIGNANI,Dra. Doris Perla MORALES MARTINEZ,Dra. Maria Rosina ROSSI ALBERT |
Materia | Derecho Laboral |
Importancia | Alta |
Sentencia Definitiva Nro. 322 /2007
Tribunal de Apelaciones del Trabajo de 1er. Turno
Ministra Redactora: Dra. Ma. Rosina Rossi Albert
Ministros Firmantes: Dr. J.P.B.. Dra. D.M.. Dra. Ma. Rosina Rossi Albert
Montevideo, 28 de noviembre de 2007
Vistos:
Para sentencia de segunda instancia estos autos caratulados "T.K. , D.N. c/ Inhumar S.R.L. Licencias, salarios vacacionales, horas extras, viàticos, despidos, otros." IUE 2-4542/2006, venidos a conocimiento de la Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la N. 16/2007 dictada por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Trabajo de 11er. Turno, Dr. C.N.M..
Resultando:
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El recurso de apelación fue introducido por la parte actora y, sustanciado , fue concedido y franqueado, ingresando los autos a este Tribunal el .
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La Sala , en función de los puntos que constituyen el objeto de la alzada ,ha optado por expedirse en decisión anticipada. ( art. 200.1 CGP)
Considerando:
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Con el número de voluntades legalmente requeridas , reunidas entre los miembros naturales, confirmará parcialmente la sentencia de primera instancia.
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La atacada fallò "Desestimando la demanda en todos sus tèrminos , sin especial condenación. Ejecutoriada, oportunamente archìvese. Honorarios a los afectos fiscales $6000."
La parte actora dedujo recurso de apelación agraviándose de la soluciòn de la sentencia respecto de los siguientes puntos: horas extra, licencia , salario vacacional y aguinaldo.
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El caso.
Bajo los lìmites de los puntos que han abierto la instancia y a efectos de construir la fundabilidad de la decisión , se reseñaràn las particularidades de la contienda .
D.N.T. demandò a Inhumar SRL argumentando haber trabajado desde el 12.4.2004 hasta el 10.10.2005 en calidad de medio oficial carpintero. En base a ello demandò un elenco de rubros : salarios, horas extra , licencia , salario vacacional, aguinaldo y descansos semanales trabajados.
Evacuando el emplazamiento compareciò el Dr. W.G.C. quien , aceptò la fecha de ingreso , el cargo ocupado,la fecha de egreso y su causa pero controvirtiò la realización e trabajo extraordinario. P. haber saldado con el contrario los rubros exigibles al egreso liquidados al precio hora de $ 27,50, y por adelantos que totalizaron $ 5.500 , realizados en vida de la relaciòn de trabajo.
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Análisis de los puntos de agravio:
4.1. Retribución por tiempo extraordinario.
El análisis del agravio debe estar precedido de la consideración de la pretensión , su controversia y...
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