Sentencia Definitiva nº 141/2011 de Tribunal Apelaciones Civil 4ºtº, 4 de Mayo de 2011

PonenteDr. Eduardo Julio TURELL ARAQUISTAIN
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2011
EmisorTribunal Apelaciones Civil 4ºtº
JuecesDr. Eduardo Julio TURELL ARAQUISTAIN,Dra. Ana Maria MAGGI SILVA,Dr. Juan Pedro TOBIA FERNANDEZ
MateriaDerecho Comercial
ImportanciaBaja

SENTENCIA Nº 141.

Montevideo, cuatro de mayo de dos mil once.

TRIBUNAL DE APELACIONES EN LO CIVIL DE CUARTO TURNO.

Ministro Redactor: Dr. Eduardo J. Turell

Ministros Firmantes: Dra. Ana M. Maggi

Dr. Juan P. Tobía Fernández

AUTOS: “CHERY SOCMA S.A. En autos: RTM GROUP INC. C/ OFEROL S.A. y otros. Rescisión de Contrato – IUE 2-61.062/08 – RECURSO DE APELACION CON EFECTO NO SUSPENSIVO” – Ficha Nº 20-17/2010.

Vistos, el recurso de apelación interpuesto por Chery Socma S.A. contra la Sentencia Interlocutoria N° 2193 de 19 de julio de 2010 por la que la titular del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 1er. Turno – Dra. L.O. – no admitió su intervención en el proceso imponiéndole las costas y costos generados (fs. 883 a vto.) y Considerando:

I) Desde el punto de vista formal, Chery Socma S.A. estaba habilitada para impugnar habida cuenta que la sentencia en cuestión le imponía las costas y costos por su actuación en el proceso, que resultara excluida de las actuaciones no le impedía impugnar precisamente porque la sanción procesal se imponía como consecuencia aquella.

El recurso fue correctamente franqueado con efecto no suspensivo en oportunidad que se dictara la Sent. Int. 2195 en la misma audiencia (fs. 885 – 886).

Ningún error pudo generarse a la recurrente sobre reserva de las actuaciones para posterior fundamentación.

La providencia citada, consentida por las partes es clara en cuanto a que concede el recurso con efecto no suspensivo, en ese acto, otorgando a la recurrente plazo de tres días para la formación de testimonio a efectos de la remisión al Tribunal, por lo que devienen irrelevantes las actuaciones posteriores en sede de primera instancia que el Tribunal solicitó a efectos de completar los obrados (fs. 919 y ss).

II) En cuanto al contenido sustancial de la impugnada debe verse que:

Primero, la pretensión de parte actora se dirigió contra Chery Automóbile Co., entre otros (fs. 20 y ss.) notificándose la demanda en domicilio de Chery Socma que compareció postulando la ausencia de legitimación pasiva por no haber participado del contrato que se pretende rescindir ni integrar un conjunto económico con los...

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