Sentencia Definitiva nº 271/2008 de Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt, 13 de Noviembre de 2008

PonenteDra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2008
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 2ºt
JuecesDr. Luis Domingo TOSI BOERI,Dra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA,Dr. Jose ECHEVESTE COSTA
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaMedia

Montevideo, 13 de noviembre de 2008.-

VISTOS EN EL ACUERDO:

Estos autos caratulados "R.A.M. DEL CARMEN C/ MIGLIORISI JUAN ANDRES Y OTROS" FICHA 2-36981/2005 venidos en conocimiento de este Tribunal en merito al recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia Definitiva Nº 1/2008 dictada por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Trabajo de 12º Turno, Dra. S.T..

RESULTANDO:

1) La Sala acepta el relato de antecedente procesal que se consignan en la sentencia apelada y dicta decisión anticipada en base a lo dispuesto por el Art. 200 del Código General del Proceso.

2) Por sentencia definitiva de Primera Instancia Nº72/2007 de 9 de noviembre de 2007, se condenó a los demandados a pagar a la actora $933 por licencia no gozada, $933 por salario vacacional y $1.945 por aguinaldo, con más el 30% sobre los rubros de naturaleza salarial, reajustes decreto-ley Nº14.500 y el interés del 6% anual desde la interposición de la demanda. Sin especiales condenas procesales (fojas 143-149).-

3) Apeló la actora fundamentando la apelación diferida contra la resolución Nº2776 de 17 de octubre de 2006 de fojas 85 y agraviándose por no hacerse lugar a la indemnización por despido y no prununciarse sobre la aportación al Banco de Previsión Social (fojas 151-155 vuelto).-

4) Por auto Nº2842/2007 de 3 de diciembre de 2007 se otorgó traslado del recurso de apelación a los demandados (fojas 157) evacuándolo J.A.M. por medio de su representante impetrando se confirme la resolución Nº2776/2006, se rechacen los agravios y adhiriéndose al recurso siendo sus agravios la legitimación pasiva del mismo y la incompetencia de la Sede por los aportes al Banco de Previsión Social (fojas 160-164) y N.B. por medio de su representante requiriendo el rechazo de los recursos (fojas 166-172).-

5) Otorgado traslado de la adhesión a la apelación por auto Nº142/2008 de 14 de febrero de 2008 a la actora (fojas 165) esta lo evacuó a través de su representante requiriendo su rechazo (fojas 175-177 vuelto).-

6) Por auto Nº726/2008 de 22 de abril de 2008 se franqueó la alzada (fojas 179).-

7) Llegaron los autos al Tribunal con fecha 19 de agosto de 2008 (fojas 191) y luego de cumplirse el auto Nº235/2008 del 27 de agosto de 2008 (fojas 192-196) con fecha 18 de setiembre de 2008 se dispuso el pase a estudio en forma sucesiva (fojas 196 vuelto) lo que se efectivizó el 1 de octubre del mismo y corriente año (fojas 197).-

CONSIDERANDO:

I)Se fundamentó el recurso anunciado de apelación, con...

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