Sentencia Definitiva nº i543/2010 de Tribunal Apelaciones Penal 3º Tº, 2 de Septiembre de 2010

PonenteDr. Eduardo Nicasio BORGES DUARTE
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2010
EmisorTribunal Apelaciones Penal 3º Tº
JuecesDra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ,Dr. Jose Francisco BONAVOTA CACCIANTE,Dr. Eduardo Nicasio BORGES DUARTE
MateriaDerecho Procesal
ImportanciaBaja

Resolución Nº 543

Montevideo, 2 de septiembre de 2.010.-

VISTOS:

Para resolución en segunda instancia ésta causa seguida a AA, por la imputación de dos delitos de estafa fuera de la reiteración con dos delitos de falsificación ideológica por un funcionario público; un delito de falsificación ideológico por un funcionario público en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de estafa, la coautoría de un delito de estafa, la comisión de dos delitos de certificación falsa por funcionario público, todos en reiteración real entre sí a los ya imputados; un delito de apropiación indebida en reiteración real con los restantes delitos imputados, ficha 287-63/2.010, venidos a conocimiento de éste Tribunal de Apelaciones en mérito a los recursos de reposición y apelación en subsidio contra el auto de procesamiento No. 63 de 28 de enero de 2.009 (fs. 307 y ss.), dictado por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Menores de M. de 2do. turno, Dr. G.O.H., y;

RESULTANDO:

1)-Que se acepta y da por reproducida la reseña de actos procesales y demás aspectos formales contenidos en la decisión de primer grado, por ajustarse a las emergencias del proceso.-

2)-Que, por el fallo en cuestión se dispuso el procesamiento y prisión de AA como autor imputable de dos delitos de estafa fuera de la reiteración con dos delitos de falsificación ideológica por un funcionario público.-

Por ulteriores resoluciones, la No. 238 de 9 de febrero de 2.009 (fs. 880 y ss. Y 758 de 28 de marzo de 2.009 (fs. 1.114 y ss.), se amplió el procesamiento del recurrente, completándose la tipificación que figura en la carátula.-

3)-Contra la mencionada decisión interpuso la Defensa de particular confianza el encausado los recursos de reposición y apelación en subsidio, manifestando en su extensa presentación de fs. 1.014 y ss., que le agravia la impugnada en cuanto a la imputación de los delitos de falsificación ideológica por funcionario público.-

En la presentación realiza una previa relación de cómo llegó a la situación que ameritó el procesamiento y expone los aspectos notariales de las escrituras públicas, concluyendo en tal sentido de que la fotocopia presentada en autos no tiene ningún valor probatorio por lo que su alteración puede constituir un engaño pero no ingresa en el delito de falsedad documental y menos ideológica.-

Agrega que en ambos casos los negocios son reales aunque los documentos no...

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