Sentencia Interlocutoria nº 266/2008 de Tribunal Apelaciones Trabajo 1ºt, 21 de Agosto de 2008

PonenteDr. William CORUJO GUARDIA
Fecha de Resolución21 de Agosto de 2008
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 1ºt
JuecesDr. Alfredo Dario GOMEZ TEDESCHI,Dr. William CORUJO GUARDIA,Dr. Jose Alberto BALCALDI TESAURO
MateriaDerecho Penal
ImportanciaMedia

Sentencia Nº266/2008

Montevideo, 21 de agosto de 2008.

VISTA: Para sentencia interlocutoria de segunda instancia esta causa "AA.- Infracción continuada al art. 31 del Decreto Ley 14294 en reiteración real con un delito de receptación en reiteración real con una infracción al artículo 15 de la Ley 17.616.- RESULTANDO: 1.- Por la referida decisión se sometió a proceso penal a AA como autor responsable de los delitos referidos en el acápite.- 2.- En tiempo y forma se interpusieron los recursos de reposición y apelación, en subsidio, por parte del Señor Defensor expresando en síntesis: a) la incriminación del delito previsto en el artículo 31 del Decreto Ley 14.294 se basa únicamente en lo relatado por el recluso, siendo la única prueba que lo señalan como posible autor de las figuras que se imputan;b) no hay vinculación alguna entre la droga que tenía en su poder el recluso y AA, tratándose de una cantidad mínima; c) no era AA el propietario de la sustancia vegetal sino su señora quien manifestó ser consumidora; d) si se revocó el tipo penal imputado para BB no corresponde aplicar el tipo para su defendido; e) BB, en el careo practicado, no le atribuye hechos concretos a AA sino que se limita a expresar "me mantengo en lo declarado"; f) con respecto al delito de receptación no surge que los elementos encontrados en el domicilio de AA fueran productos de hurto, efectos de escaso valor, le fueron entregados como obsequio y fueron una donación para presos; g) la ignorancia en cuanto al origen delictivo impide que se configure el delito; h) si se descarta la autoría de BB debe descartarse respecto de AA; i) solicita que se mantenga únicamente el delito previsto en el art.15 de la ley 17.616 y se revoque lo restante.- 3.- Corrido traslado al Ministerio Público manifestó, en síntesis: a) en cuanto a la infracción al art. 31 del Decreto-Ley 14292 existen numerosos testimonios que permiten acreditar que AA era quien ingresaba la sustancia al establecimiento de detención La Tablada; b) los artículos escolares hurtados y que BB entregó al policía AA y éste escondió en su vivienda, de donde fueron incautados, permiten desvirtuar la afirmación de que éste último no supiese el origen ilícito de los bienes; c) solicita que se mantenga la decisión atacada.- 4.- Fue amplia y exhaustiva decisión el Señor Juez de primer grado no hizo lugar al recurso de reposición franqueando la alzada.- 5.- Recibidos los autos por la Sala se citó a las partes para...

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