Sentencia Definitiva nº 263/2009 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 26 de Junio de 2009

PonenteDr. Hipolito Nelson RODRIGUEZ CAORSI
Fecha de Resolución26 de Junio de 2009
EmisorSupreme Court of Justice (Uruguay)
JuecesDr. Hipolito Nelson RODRIGUEZ CAORSI,Dr. Jorge Tomas LARRIEUX RODRIGUEZ,Dr. Leslie Alberto VAN ROMPAEY SERVILLO,Dr. Jorge RUIBAL PINO,Dr. Daniel Iberico GUTIERREZ PROTO,Dra. Martha Beatriz CHAO FERNANDEZ
MateriaDerecho Procesal
ImportanciaAlta

MINISTRO REDACTOR: DOCTOR HIPOLITO RODRIGUEZ CAORSI

Montevideo, veintiséis de junio de dos mil nueve

VISTOS:

Para Sentencia estos autos caratulados: “AA C/ BB - DIVORCIO POR CAUSAL – CASACION”, FICHA 2-21723/2006.

RESULTANDO:

I) Por Sentencia No. 121 de 11 de octubre de 2007 el Juzgado Letrado de Familia de Vigesimosexto Turno, falló: “Ampárase la demanda de autos, en su mérito decrétase disuelto por divorcio por la causal de riñas y disputas el matrimonio celebrado entre AA y BB, según surge de testimonio de fs. 4, sin expresa declaración de culpabilidad...” (fs. 111/118).

II) El Tribunal de Apelaciones de Familia de Segundo Turno, por Sentencia No. 243, del 24 de setiembre de 2008 falló, haciendo “lugar al recurso de apelación contra la interlocutoria No. 1597/2007 que dispuso la agregación de documentos presentados por el actor invocando haberlos ubicado con posterioridad a la interposición de la demanda...” y, en cuanto al fondo, con discordia de la Dra. C., resolvió: “Se confirma la recurrida, sin especial condenación” (fs. 143/154).

III) La demandada interpuso recurso de casación a fs. 158/161 por considerar que la Sala ha incurrido en errónea aplicación de una norma de derecho, expresando en síntesis:

La sala consideró que la causal invocada es correcta, lo que implica una errónea aplicación de la norma.

Manifestó que, habiendo sido rechazada la prueba documental glosada a fs. 60/70, en mérito a que la sala hizo lugar al recurso de apelación contra la interlocutoria No. 1597/2007, los únicos elementos de convicción resultantes en autos para decidir sobre la causal de disolución del vínculo los constituyen los testimonios favorables a la parte actora a fs. 89/93.

Expresó que los testimonios mencionados demostraron imprecisiones que no permitían conformar indicio alguno sobre la causal invocada, esto es, la existencia de riñas y disputas que hicieran insoportable la vida en común de la pareja.

Sostuvo que el actor falló en cumplir con la carga probatoria que avalara sus dichos y la prueba presentada, aun apreciada con amplitud, no acredita la configuración de la causal y se agravió en cuanto entiende que la teoría del divorcio-remedio no admite una interpretación de la prueba tan flexible como para erigirse en el único fundamento de una sentencia estimatoria de divorcio.

La naturaleza de orden público de las causales que el legislador autorizó taxativamente para la disolución del vínculo...

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