Sentencia Definitiva nº 86/2021 de Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt, 23 de Abril de 2021

PonenteDra. Silvana Maria GIANERO DEMARCO
Fecha de Resolución23 de Abril de 2021
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 2ºt
JuecesDra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA,Dra. Silvana Maria GIANERO DEMARCO,Dra. Maria Veronica SCAVONE BERNADET
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaMedia

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 86/2021

TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE 2º TURNO

MINISTRA REDACTORA: DRA S.G.D.

MINISTRAS FIRMANTES: DRA N.C.G., DRA V.S.B., DRA S.G.D.

Montevideo, 23 de Abril de 2021.

VISTOS EN EL ACUERDO:

Estos autos caratulados “GONCALVEZ, ANA C/ COMISIÓN DE APOYO UE 068 – PROCESO LABORAL ORDINARIO (LEY 18.572), RECURSO TRIBUNAL COLEGIADO” I.U.E. 0002-033164/2020, venidos en conocimiento de este Tribunal en mérito del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia Definitiva Nº 62/2020 de 7 de diciembre de 2020, dictada por la Sra. Juez Letrada de Primera Instancia de Trabajo de la Capital de 3º Turno, Dra. M.I..

RESULTANDO:

1) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales que se consignan en la Sentencia apelada procediendo al dictado de la presente.

2) Por Sentencia Definitiva de Primera Instancia Nº 62/2020 (fs. 313), dictada con fecha 7 de diciembre de 2020, se dispuso “Condenase a la demandada COMISIÓN DE APOYO DE PROGRAMAS ASISTENCIALES ESPECIALES DE LA UNIDAD EJECUTORA 068 DE A.S.S.E. a pagar a la actora A.G. la suma de $ 517.432.05 (quinientos diecisiete mil cuatrocientos treinta y dos pesos uruguayos con 05/00) por concepto de licencia, salario vacacional, ajuste de salario vacacional, aguinaldo, indemnización por despido, 10% de daños y perjuicios preceptivos, multa, actualización a mayo de 2020 e intereses a junio de 2020, más la actualización e intereses que se generen desde las fechas antes indicadas hasta el efectivo pago. Costas a cargo de la demandada y sin especial condenación en costos. Ejecutoriada, cúmplase, expídanse testimonios y oportunamente archívese. Honorarios fictos: tres Bases de Prestaciones y Contribuciones”.

3) La parte demandada, a través de su representante legal, interpuso recurso de apelación contra la Sentencia Definitiva dictada, agraviándose en cuanto ampara el reclamo de indemnización por despido indirecto, quantum de la condena en licencia y salario vacacional y la aplicación de multa, intereses, actualización y daños y perjuicios, solicitando sea revocada (fs. 332 a 335).

4) Por Decreto 2414/2020 de fecha 23 de diciembre de 2020 se otorgó traslado del recurso de apelación interpuesto a la parte actora, quien evacua de fs. 339 a 341 vuelto abogando por la confirmatoria.

5)Por auto Nº 152/2021 de fecha 12 de febrero de 2021 se franqueó la alzada (fs. 342).

Recibidos los autos por el Tribunal, se dispuso el pase a estudio de las Sras. Ministras y acuerdo (fs. 349).

CONSIDERANDO:

I) La Sala conformada por sus voluntades naturales procederá a confirmar parcialmente la Sentencia dictada, en base a los argumentos que se señalaran.

II)Conforme se desprende de obrados la parte demandada se agravia respecto de la Sentencia dictada, en cuanto a los siguientes puntos a saber: se ampara la indemnización por despido indirecto, en cuanto al monto de condena impuesto por concepto de licencia y salario vacacional y la aplicación de los reajustes, intereses, daños y perjuicios y multa legal.

En primer lugar, se analizara el agravio deducido en cuanto al amparo de la indemnización por despido indirecto reclamado, en tanto la recurrente sostiene que se dio cumplimiento a las sentencia de condena que impuso el pago de partidas de antigüedad y presentismo y si bien lo abonó anualmente ello se justifica en razones de orden presupuestal, por lo que entiende que la forma de pago no determina un incumplimiento grave, además se hace hincapié en cuanto a la extensión de la relación por 13 años y que la empleadora en ningún momento tuvo voluntad de...

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