Sentencia Definitiva nº 46/2022 de Tribunal Apelaciones Familia 2ºt, 23 de Marzo de 2022
Ponente | Dr. Eduardo Nelson CAVALLI ASOLE |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2022 |
Emisor | Tribunal Apelaciones Familia 2ºt |
Jueces | Dr. Eduardo Nelson CAVALLI ASOLE,Dra. Alicia Teresita ALVAREZ MARTINEZ,Dra. Monica Patricia GONZALEZ GONZALEZ |
Materia | Derecho De Familia |
Importancia | Alta |
Ministro Redactor: Eduardo Cavalli Asole
Vistos:
Para sentencia definitiva de segunda instancia estos autos caratulados
“GONZALEZ, M. c/ KLEMS, Tessa -TENENCIA”, IUE 318-249/2020 venidos
en apelación de la sentencia 12/2021 de 29 de junio de 2021, dictada por el Juzgado
Letrado de Primera Instancia de Y. de Primer Turno, a cargo del Sr. Juez, Dr.
J. De Grossi .
Resultando:
1ro. La recurrida desestimó la pretensión de tenencia y ratificó la que ejerce la
demandada (fojas 112 a 118).
2do. La parte actora interpuso recursos de apelación de fojas 120 a 128.
Se agravia por la valoración de la prueba que considera errónea.
Afirma que su hijo está en situación de riesgo por la vida desorganizada de la madre,
con falta de hábitos que perjudica la integridad y estado emocional del niño.
Tal afectación no obedece a la pandemia, sino que se arrastra desde el año 2019,
cuando el niño comienza a tener problemas de conducta y rendimiento en la
escuela, todo que no fue valorado.
Desde el inicio del juicio la madre se mudó más de dos veces, dejando entrever que
su normalidad es estar en continuo movimiento, viajes y mudanzas de domicilio,
sometiendo a CC a estos cambios, los mismos, lo que lo lleva a estar
desorganizado, hecho que no fue considerado ni mencionado en la recurrida.
Además, sostiene que CC quiere vivir con su padre, en la ciudad que nació,
con sus amigos, compañeros, jugar al fútbol y otras actividades de las que está
impedido por vivir en el campo.
Pidió que se revocara la recurrida, disponiendo la tenencia de CC con su
padre.
3ro. Sustanciado el recurso, el traslado fue evacuado por la parte demandada,
pidiendo la confirmación (fojas 133 a 138 vto.).
4to. Se franqueó el recurso de apelación con efecto suspensivo (resolución
1481/2021 de fojas 140).
Arribados, se dispuso por auto 773/2021 la intimación a la Defensora designada
para CC , a fin de que exprese los motivos de no evacuar el traslado
del recurso de apelación. Cumplido, el mismo surge de fojas 163 a 166.
Pasaron los autos a estudio sucesivo y puestos al acuerdo, reunida unanimidad de
votos se procede al dictado de sentencia (fojas 151 y siguientes).
Considerando:
1ro. La Sala revocará la sentencia de primera instancia y en su mérito acogerá la
demanda en mérito a los fundamentos que se dirán.
2do. En primer lugar, la Sala entiende que debió darse mayor relevancia a las
declaraciones de CCy en particular no sólo sus deseos personales, sino a la
afectación que ha sentido por el alejamiento de la ciudad de Y. que era su
centro de vida.
Establece el artículo 8 CNA que todo niño tiene derecho a ser oído y a obtener
respuestas, cuando se tomen decisiones que afecten su vida. Esta norma está en
consonancia con lo establecido en el artículo 12 de la Convención de Derechos del
Niño, por el cual los Estados se comprometen a garantizar que el niño que esté en
condiciones de formarse un juicio propio pueda expresar su opinión libremente en
todos los asuntos que le afecten y para tener en cuenta esa opinión, en función de la
edad y madurez.
CCnació el día 12 de febrero de 2012 por lo que contaba con 11 años cuando
fue oído, directamente, en la audiencia del día 23 de marzo de 2021, expresando en
esa oportunidad que quería residir con su padre en la ciudad de Y.. Aunque tal
expresión de voluntad no fue trasmitida con la claridad por su Defensa minutos antes
en la misma audiencia, está ratificada por la psicóloga tratante de cuyo testimonio se
desprende no solo la existencia de esa voluntad, sino el sufrimiento que ha
experimentado el niño a raíz de los cambios de domicilio expresados por la Sra.
BB. La testigo y psicóloga tratante L.. DD advirtió que: “El
niño es claro en su discurso, lo mantiene y expresa que vivía en casa con la madre y
él (le) decía “la choza” y va y viene mucho y lo afecta emocionalmente que no tiene
un lugar fijo, plantea que iban un día y no volvían y que extrañaba al padre y no
llevaron cosas suficientes, su madre no me aseguraba eso, pero el niño es explícito
y reiterativo en su discurso. Muy cariñoso y apegado, tiene buen vínculo con ambos
padres, se destaca que tiene más relación con la pareja del papá que a la madre. El
manifestó que quiere vivir con padre. Necesita más estabilidad pero te dice que
quiere estar con el padre pero también expresa que la madre lo va a extrañar y un
discurso adulto, y también estaría bueno siga el vínculo de hermanos, es consciente
que los padres están en este proceso de tenencia no digo amenazas y hay charlas a
través de su madre sobre el tema “que tiene que estar con ella” (…) Sus deseos no
están siendo tomados en cuenta, con quien viva tiene que tener más estabilidad (…)
El niño habla de las convivencias con ambos padres destaca tiene más espacio y
claridad cuando está con su padre y se enoja que no lleva ropa, no se lava los
dientes cuando van algún lado”. Relata episodios que le contó el niño como una ida
a P. de la Cruz y que...
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