Sentencia Definitiva nº 40/2022 de Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt, 25 de Marzo de 2022

PonenteDra. Silvana Maria GIANERO DEMARCO
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2022
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 2ºt
JuecesDra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA,Dra. Silvana Maria GIANERO DEMARCO,Dra. Maria Veronica SCAVONE BERNADET
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaMedia

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 40/2022

TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE 2º TURNO

MINISTRA REDACTORA: DRA S.G.D.

MINISTRAS FIRMANTES: DRA N.C.G., DRA V.S.B., DRA S.G.D.

Montevideo, 25 de Marzo de 2022.

VISTOS EN EL ACUERDO:

Estos autos caratulados “RODRÍGUEZ PERENTINI, MARTÍN C/ BESINEY S.A. (LIFAN MOTORS) – PROCESO LABORAL ORDINARIO (LEY 18.572), RECURSO TRIBUNAL COLEGIADO”, I.U.E. 0530-000529/2020, venidos en conocimiento de este Tribunal en mérito del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia Definitiva Nº 104/2021 de 27 de setiembre de 2021, dictada por la Sra. Juez Letrada de Primera Instancia de Libertad de 2º Turno, Dra. E.Z..

RESULTANDO:

1) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales que se consignan en la Sentencia apelada procediendo al dictado de la presente.

2) Por Sentencia Definitiva de Primera Instancia Nº 104/2021 (fs. 351), dictada con fecha 27 de setiembre de 2021, se dispuso “Acogiendo la excepción de prescripción. Sin especiales condenaciones. Honorarios fictos: 3 BPC”.

3) La parte demandada , a través de su representante legal, interpuso recursos de aclaración y ampliación contra la Sentencia Definitiva dictada, los que fueron resueltos por auto No.4278/2021 de fecha 20 de Octubre de 2021 (fs. 367)

4) La parte actora, a través de su representante legal, interpuso recurso de apelación contra la Sentencia Definitiva dictada, agraviándose en cuanto ampara la excepción de prescripción opuesta, solicitando sea revocada (fs. 370 a 372).

5) Por Decreto Nº 4546/2021 de 29 de octubre de 2021 se otorgó traslado del recurso de apelación interpuesto a la parte demandada, quien evacua de fs. 375 a 388 abogando por la confirmatoria.

6) Por auto Nº 5144/2021 de fecha 30 de noviembre de 2021 se franqueó la alzada (fs. 389).

Recibidos los autos por el Tribunal, se dispuso el pase a estudio de las Sras. Ministras y acuerdo (fs. 397).

6) Se deja constancia que en el día de la fecha se celebra Acuerdo suspendiendo la Dra N.C.G. su licencia por enfermedad a los efectos de suscribir la presente Sentencia.

CONSIDERANDO:

I) La sala conformada por sus voluntades naturales procederá a confirmar la Sentencia de Primera Instancia, en tanto los agravios formulados no logran conmover la misma.

II) Como se desprende de obrados la parte actora se agravia respecto del amparo de la excepción de prescripción, en tanto entiende que en el caso la citaciones a conciliación no fueron un juego de sucesivas citaciones a efectos de dilatar el plazo, sino que se hizo con el ánimo de preservar el derecho, dado que la primera se hizo en el domicilio de los jefes del actor y la segunda se vincula al lugar donde se prestaba la función por el actor para determinar la competencia del Juzgado.

Del examen de la pretensión instaurada surge que la parte actora alega que comenzó a trabajar en febrero de 2016 hasta el 30/3/2019 que es despedido.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR