Sentencia Definitiva nº 39/2022 de Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt, 25 de Marzo de 2022

PonenteDra. Silvana Maria GIANERO DEMARCO
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2022
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 2ºt
JuecesDra. Nanci Amanda CORRALES GARCIA,Dra. Silvana Maria GIANERO DEMARCO,Dra. Maria Veronica SCAVONE BERNADET
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaMedia

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 39/2022

TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE 2º TURNO

MINISTRA REDACTORA: S.G.D.

MINISTRAS FIRMANTES: DRA V.S.B., DRA N.C.G., S.G.D.

Montevideo, 25 de Marzo de 2022.

VISTOS EN EL ACUERDO:

Estos autos caratulados “ROSA OLIVERA, ESTELA C.C.Z.S., N.Q. Y OTRO – DEMANDA LABORAL, RECURSO TRIBUNAL COLEGIADO” I.U.E. 0357-000002/2021, venidos en conocimiento de este Tribunal en mérito del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia Definitiva Nº 52/2021 de fecha 7 de octubre de 2021, dictadas por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Salto de 6º Turno, Dr. L.I.F..

RESULTANDO:

1) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales que se consignan en la Sentencia apelada procediendo al dictado de la presente.

2) Por Sentencia Definitiva de Primera Instancia Nº 52/2021 (fs. 286) de fecha 7 de octubre de 2021 se dispuso “Desestímase la demanda en todos sus términos. Sin especial condenación en el grado. Consentida o ejecutoriada, expídanse los testimonios que se solicitaren efectúense los desgloses a que hubiere lugar y oportunamente archívese. Honorarios fictos a los efectos fiscales 3 B.P.C. para la parte demandada. N. en el día de la fecha”.

3) La parte actora, a través de su representante legal, interpuso recurso de apelación contra la Sentencia Definitiva dictada, agraviándose en cuanto desestima los reclamos de diferencia salarial y licencia no gozada, solicitando sea revocada (fs. 303 a 305 vuelto).

4) Por Decreto No. 3009/2021 de fecha 27 de marzo de 2021 se otorgó traslado del recurso interpuesto a la parte demandada, quien evacua de fs. 313 a 315 vuelto, abogando por la confirmatoria.

5) Por auto No. 3298/2021 de fecha 16 de noviembre de 2021 se franqueó la alzada (fs. 316).

Recibidos los autos por el Tribunal, se dispuso el pase a estudio de las Sras. Ministras y acuerdo (320).

6) Se deja constancia que en el día de la fecha se celebra Acuerdo suspendiendo la Dra N.C.G. su licencia por enfermedad a los efectos de suscribir la presente Sentencia.

CONSIDERANDO:

I) La Sala conformada por sus voluntades naturales procederá a confirmar la sentencia dictada, en tanto los agravios formulados no logran conmover la misma.

II) Conforme se desprende de obrados la parte actora se agravia respecto de la Sentencia dictada en base a los siguientes extremos, a saber: en cuanto se desestima las diferencias de salarios reclamadas, los rubros correspondientes a licencia no gozada y salario vacacional, así como la indemnización por despido indirecto.

III) En primer lugar, el actor se agravia respecto del rechazo de las diferencias salariales reclamadas, fundando básicamente su...

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