Sentencia Interlocutoria nº 177/2022 de Tribunal Apelaciones Penal 2º Tº, 30 de Marzo de 2022

PonenteDr. Daniel Hipolito TAPIE SANTARELLI
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2022
EmisorTribunal Apelaciones Penal 2º Tº
JuecesDr. Jose Alberto BALCALDI TESAURO,Dr. Daniel Hipolito TAPIE SANTARELLI,Dr. Ricardo Horacio MIGUEZ ISBARBO
ImportanciaMedia

Sentencia Nº 177

Montevideo, 30 de marzo de 2022.

Ministro Redactor:

Dr. D.T.S..

VISTA:

Para sentencia interlocutoria de segunda instancia esta causa: “AA. JUICIO”, venida a conocimiento del Tribunal, en mérito a los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por la Defensa del imputado AA, a cargo del Dr. D.O., contra la resolución Nº 236/2022 de fecha 8 de marzo de 2022, dictada por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal de R. de 2° Turno, Dr. G.A.A. y con la intervención de la Fiscalía Letrada Departamental de R. de 2° Turno, a cargo de la Dra. S.C. y la Dra. A.R. y la Defensa de la víctima, Dra. L.F.E..

RESULTANDO:

1) El día 8 de marzo de 2022, en audiencia de lectura de sentencia, se dicta sentencia definitiva de primera instancia N° 24/2022 de fecha 8 de marzo de 2022, donde se condena a: “... AA como autor penalmente responsable de reiterados delitos de abuso sexual en reiteración real con reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravado, con agravantes especiales, a la pena de tres (3) años de penitenciaría, con descuento de las medidas cautelares sufridas y siendo de su cargo las prestaciones legales de rigor correspondientes a vestido, alojamiento y alimentación durante el proceso y durante la condena…”

2) La Fiscalía: El día 8 de marzo de 2022, solicita se cambie la prisión domiciliaria que el soporta, por la medida cautelar de prisión preventiva, atendiendo a que: hay una sentencia condenatoria y respecto a los presupuestos procesales, hay una sentencia de condena que, si bien no está firme, hay riesgo de fuga, ya que cruzando la calle se sustrae a la justicia uruguaya, es brasileño, nació en la ciudad de Livramento, Brasil, se sabe que Brasil no extradita a sus nacionales. Si cruz la línea la justicia no puede ejecutar el fallo.

Hay otro detalle, de quedar ejecutoriada la sentencia definitiva, es funcionario del Ministerio del Interior quedará sin trabajo en el ámbito público (de bombero) y podrá sustraerle a la condena.

Se disponga la prisión preventiva, hasta que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

3) La Víctima comparte íntegramente lo expuesto por la Fiscal, atendiendo a la nacionalidad del acusado.

4) la Defensa expresa que en este caso no existe riesgo de fuga. AA siempre cumplió con la justicia, aun con amenaza de pena, que era de doce años, ha cumplido en todos sus términos con la cautela, no hay sentencia firme, el es uruguayo, es funcionario del...

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