Sentencia Interlocutoria nº 310/2022 de Tribunal Apelaciones Penal 4º Tº, 12 de Mayo de 2022

PonenteDr. Luis Dante CHARLES VINCIGUERRA
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2022
EmisorTribunal Apelaciones Penal 4º Tº
JuecesDr. Angel Manuel CAL SHABAN,Dra. Gloria Gabriela MERIALDO COBELLI,Dr. Luis Dante CHARLES VINCIGUERRA
MateriaDerecho Penal
ImportanciaAlta

VISTOS:

Para Sentencia Interlocutoria de Segunda Instancia, estos autos caratulados: “AA – UN DELITO DE HOMICIDIO MUY ESPECIALMENTE AGRAVADO”– IUE: 559-11/2022, venidos a conocimiento del Tribunal, en mérito al recurso de apelación interpuesto por la Sra. Defensora Particular del imputado AA, Dra. A.C., contra las Sentencias Interlocutorias Nº 560/2022 y Nº 561/2022, dictadas en la audiencia celebrada el 31 de marzo de 2022, por el Sr. J. Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 39º Turno, Dr. O.P., con intervención de la Sra. Fiscal Letrado Penal de Montevideo de Homicidios de 2º Turno, Dra. M.M. y la Defensa de los familiares de la víctima, Dr. P.L..

RESULTANDO:

I) a- La representante del Ministerio Público compareció por escrito ante la Sede Judicial (fs. 4 a 6) solicitando la formalización de la investigación seguida respecto a AA y a BB por la presunta comisión de un delito de Homicidio muy especialmente agravado, ambos en calidad de coautores.

Aclaró que en atención a que ambos imputados se encuentran cumpliendo condena por otras causas, la presente formalización se solicitaba al amparo de lo dispuesto por el art. 266.5 (audiencia de formalización sin detenidos), pero que “resulta de vital importancia que la presente audiencia sea fijada con anterioridad al día 01 de abril de 2022, en atención a que la imputada BB recobraría su libertad existiendo un alto riesgo...”.

En lo que hace a la relación de hechos y a la participación de AA en los mismos expresó: “El día domingo 31 de mayo del año 2020, aproximadamente a la hora 18.00, la víctima CC (oriental, soltero, de 42 años) llegó en su vehículo marca Kia, Pride, M.. S. 1577 color azul, a su domicilio ubicado en la calle P.B., entre las calles I.R. y 18 de Mayo (Barrio Sayago), allí es abordado por los imputados AA, BB y una tercera persona de sexo masculino que aún no fue identificada, los cuales proceden a apoderarse -mediante violencias y amenazas- del vehículo de la víctima, efectuándole un disparo con arma de fuego, que provocó su caída en el lugar, retirándose los partícipes en el auto de CC y con su teléfono celular.

La víctima recibió un disparo por arma de fuego, ocasionándole la muerte en el lugar de los hechos, contando con certificado forense que da cuenta de la causa.

Lo anterior es posible de afirmar en virtud de lo que surge obrante en la carpeta investigativa: El día del hecho, 31 de mayo, desde tempranas horas de la tarde fue posible visualizar en distintas zonas monitoreadas de la ciudad de Montevideo el vehículo Renault color blanco M.. SBC 1071, propiedad de AA, dentro del mismo a éste último conduciendo acompañado de dos personas más, un hombre y una mujer. A la hora 17.55 aproximadamente el vehículo blanco sufre un desperfecto y queda estacionado en la calle E.R., exactamente a la vuelta del domicilio de la víctima y del lugar de los hechos. De ese vehículo descienden dos hombres y una mujer, cuya última visualización es caminando por la calle I.R., hacia P.B. (calle del domicilio de la víctima), los tres juntos a la hora 18.05. A su vez se observa el pasaje de la víctima en su vehículo, minutos antes de arribar a su domicilio.

Luego de ésto ocurre el hecho criminal y se visualiza la fuga del auto de la víctima (18.07) por calle I.R.. Resulta fundamental mencionar que en una de las imágenes de la fuga del vehículo puede apreciarse claramente la presencia de tres personas adentro del mismo.

Ahora bien, con visualizaciones la Fiscalía se refiere a filmaciones de cámaras de videovigilancia, tanto públicas como privadas, existentes en todas las salidas posibles del lugar del hecho, por lo que las personas que descienden del vehículo no salieron a pie de la zona, porque eso se hubiera visto ya que todas las salidas posibles se encontraban monitoreadas, observándose solamente el vehículo de CC, dándose a la fuga luego de ocurrido el hecho y justamente con tres tripulantes.

Vecinos de la víctima y para brindar mayor claridad de la hora en la cual ocurrieron los hechos, escucharon el hecho delictivo en la calle, ya que oyeron a la víctima gritar, un disparo de arma de fuego y el ruido de un vehículo saliendo a alta velocidad, para luego de dar aviso al 911 prestar ayuda a la víctima, que conocían claramente por ser su vecinos.

C. agregar que dentro del auto blanco pudo encontrarse rastros biológicos que permiten afirmar que AA conducía y que BB iba de acompañante, a su vez BB es posible de identificar por los rasgos del rostro de la misma que son tomados en una de las visualizaciones. Respecto a la tenencia de AA sobre el vehículo blanco marca Renault, ésta surge de múltiples pruebas testimoniales ya que pasados unos días del hecho, AA solicitó a conocidos que fueran a retirar el auto del lugar, no logrando éstos últimos sus objetivos.

El vehículo de la víctima se encontraba en la zona del Barrio 40 semanas, con pérdidas totales, ya que fue intencionalmente incendiado y el teléfono celular pudo ser ubicado, de acuerdo a información vertida por el sistema S. en manos de DD condenado por éste hecho por un delito de receptación, el cual manifestó haber recibido el celular de parte de una persona del Barrio, con años de amistad con AA...

No es posible aún determinar quien efectuó el disparo con el arma de fuego, pero no quedan dudas de la...

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