Sentencia Interlocutoria nº 47/2022 de Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt, 2 de Junio de 2022
Ponente | Dra. Maria Veronica SCAVONE BERNADET |
Fecha de Resolución | 2 de Junio de 2022 |
Emisor | Tribunal Apelaciones Trabajo 2ºt |
Jueces | Dr. Julio Alfredo POSADA XAVIER,Dra. Maria Veronica SCAVONE BERNADET,Dra. Monica Lourdes IVANOVICH OUJO |
Materia | Derecho Laboral |
Importancia | Media |
SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 47/2022
TRIBUNAL DE APELACIONES DEL TRABAJO DE 2º TURNO
MINISTRO REDACTOR: DRA V.S.B.
MINISTROS FIRMANTES: DRA M.I.O., DR JULIO POSADA XAVIER, DRA V.S.B.
Montevideo, 2 de Junio de 2022.
VISTOS EN EL ACUERDO:
Estos autos caratulados “GOROCITO, ALBERTO C/ HYUNDAI Y OTROS – PROCESO LABORAL ORDINARIO (LEY 18.572), RECURSO TRIBUNAL COLEGIADO” I.U.E. 0002-044104/2017, venidos en conocimiento de este Tribunal en mérito del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia Interlocutoria Nº 1573/2021 de 10 de Noviembre de 2021, dictada por el Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Trabajo de la Capital de 22º Turno, D.R.S..
RESULTANDO:
1) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales que se consignan en la Sentencia apelada procediendo al dictado de la presente.
2) Por Sentencia Interlocutoria Nº 1573/2021 (fs. 1.025), dictada con fecha 10 de Noviembre de 2021, se dispuso “No hacer lugar a la solicitud de perención de la instancia. N. personalmente”.
3) La parte co-demandada UTE, a través de su representante legal, interpuso recursos de reposición y apelación contra la Sentencia Interlocutoria dictada, agraviándose en cuanto no hace lugar a la perención solicitada, solicitando sea revocada (Fs 1.035 a 1.038).
4) Por Decreto 1763/2021 de fecha 2 de Diciembre de 2021 se otorgó traslado de los recursos interpuestos a la contraria.
5) La parte co-demandada Liga de Defensa Comercial actuando en su calidad de síndicos de la firma SANTOS CMI CONSTRUCCIONES S.A., a través de su representante legal, adhiriendo al recurso de reposición interpuesto por UTE (Fs 1.045 a 1.046).
6)Por Decreto 19/2022 de fecha 1 de Febrero de 2022 se otorgó traslado del recurso de interpuesto a la contraria.
7) Por auto Nº 354/2022 de fecha 16 de Marzo de 2022 se mantuvo la recurrida y se franqueó la alzada (fs. 1.058).
Recibidos los autos por el Tribunal, se dispuso el pase a estudio de los Sres. Ministros y acuerdo (fs. 1.088).
8) Se deja constancia que el Tribunal está desintegrado por haberse amparado al beneficio de la jubilación la Dra. N.C.G. y encontrarse de licencia reglamentaria la Dra S.G.D., por lo que se procedió a realizar sorteo de integración, recayendo la designación en el Sr Ministro del Tribunal de Apelaciones de 1º Turno Dr. Julio Posada Xavier y la Sra Ministra de Tribunal de Apelaciones de 4to Turno Dra M.I.O..
CONSIDERANDO:
I) El Colegiado con las mayorías legales requeridas procederá a confirmar la muy fundada Sentencia de...
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