Acordada No. 8.193.- Modifícase la Acordada 7.523, el organigrama del Poder Judicial, suprímese la División Jurídico Notarial y establécese la dependencia directa de los Departamentos de Asesoría Jurídica y Sumarios, de la Dirección General de los Servicios Administrativos y la Subdirección General Administrativa, respectivamente

20 Documentos Nº 31.362 - febrero 14 de 2024 | DiarioOficial
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Dra. Elisa
Adelaide Lambiasse Moraes, C.I. 2.540.815-8, presupuestada, Escalafón
A, Grado 08, Técnico III Médico, Correlativo No. 4271, perteneciente
a la Unidad Ejecutora 068, A.S.S.E., a partir del 01 de abril de 2023.
2) Comuníquese a la Unidad Ejecutora 068 para conocimiento y
noticación de la interesada y a la Unidad Ejecutora 087, Asistencia
Integral.
3) Notifíquese a la Dirección Gestión de Remuneraciones, División
Sueldos, Sector Historia Laboral, Habilitaciones y División Gestión
de la Información de Recursos Humanos. Cumplido, archívese en la
U.E. 068.
Res.: 1639/2023
Ref.: 29/068/2/122/2023
ar.
Dra. Laura Martínez Baldizoni, Gerente de Recursos Humanos
de A.S.S.E.
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
32
Acordada 8.193
Modifícase la Acordada 7.523, el organigrama del Poder Judicial,
suprímese la División Jurídico Notarial y establécese la dependencia
directa de los Departamentos de Asesoría Jurídica y Sumarios, de la
Dirección General de los Servicios Administrativos y la Subdirección
General Administrativa, respectivamente.
(703*R)
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
En Montevideo, al primer día del mes de febrero de dos mil
veinticuatro, estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia,
integrada por los señores Ministros doctores Elena Martínez Rosso
-Presidente-, Bernadee Minvielle Sánchez, Tabaré Sosa Aguirre, John
Pérez Brignani y Doris Perla Morales Martínez, con la asistencia de su
Secretaria Letrada doctora Gabriela Figueroa Dacasto;
DIJO:
I) que esta Corporación en uso de sus facultades constitucionalmente
conferidas, se encuentra abocada en la reorganización de diferentes
servicios;
II) que mediante la Acordada nº 7523 de fecha 26 de julio de 2004
esta Suprema Corte de Justicia aprobó la estructura orgánica y las
funciones asignadas a las dependencias del Poder Judicial, habiéndose
establecido que la División Jurídico Notarial se encontraría integrada
por el Departamento de Asesoría Letrada, el Departamento de
Sumarios y el Departamento Notarial, situándose a la mencionada
División bajo la dependencia jerárquica de la Dirección General de
los Servicios Administrativos del Poder Judicial;
III) que las principales funciones de la División Jurídico
Notarial son: organizar, dirigir, coordinar y controlar las unidades
jerárquicamente dependientes, asegurando su buen funcionamiento
y el cumplimiento de sus nes; asesorar legal y notarialmente a la
Dirección General de los Servicios Administrativos y a la Suprema
Corte de Justicia; supervisar la elaboración de los informes técnicos
solicitados por la Dirección General de los Servicios Administrativos
y la Suprema Corte de Justicia; supervisar el asesoramiento en materia
jurídica, asegurando la homogeneidad de los criterios aplicados;
supervisar la asistencia notarial en la celebración de contratos de
arrendamiento de inmuebles, de servicios y de obra; supervisar la
correcta realización de los procedimientos disciplinarios instruidos
a funcionarios no magistrados; representar a la Dirección General de
los Servicios Administrativos y a la Suprema Corte de Justicia cuando
así lo determinen.
IV) que el Sector Sumarios y Procedimientos por licencias
prolongadas por enfermedad asumió las tareas que se realizaban
en forma previa en el Departamento de Sumarios de la mencionada
División según surge por Circular 97/2021 de 26 de agosto de 2021 de
la Subdirección General Administrativa;
V) que por Acordada 8162 se modicó la ubicación dentro del
organigrama del Poder Judicial del Servicio Notarial pasando a
depender jerárquicamente de División Administración desde el 6 de
marzo de 2023;
VI) que por lo tanto en la actualidad solamente permanecen en
División Jurídico Notarial las tareas del Departamento de Asesoría
Letrada;
VII) que en atención a que la existencia de la División Jurídico
Notarial y la ubicación de la Asesoría Letrada en el organigrama del
Poder Judicial no constituye materia de reserva legal; a que la Suprema
Corte de Justicia ostenta la potestad de organizar las ocinas que
de ella dependen con miras a optimizar la ecacia de sus servicios;
y a que considera una medida conveniente, oportuna y de buena
administración transformar su servicio de asesoramiento y asistencia
letrada;
VIII) que la Corporación modicará la ubicación institucional
y la dependencia jerárquica del Departamento de Asesoría Letrada
y el Departamento de Sumarios, quienes dejarán de depender de
la División Jurídico Notarial, pasando a depender directamente
de la Dirección General de los Servicios Administrativos del
Poder Judicial y de la Sub Dirección General Administrativa
respectivamente;
IX) que asimismo y en tanto las funciones que poseía fueron
distribuidas a otras dependencias se suprimirá la División Jurídico
Notarial, debiéndose además modificar la denominación del
Departamento de Asesoría Letrada a efectos de la aplicación de
lo dispuesto en el artículo 510 de la Ley Nº 15.809, en la redacción
dada por el artículo 393 de la Ley Nº 17.930, con las modicaciones
introducidas por el artículo 430 de la Ley 20.212;
X) que, en el marco de lo que se acaba de exponer, la Dirección
General de los Servicios Administrativos, a partir de la presente
Acordada, se compondrá adicionalmente del Departamento de
Asesoría Jurídica y la Sub Dirección General Administrativa tendrá
bajo su dependencia jerárquica al Departamento de Sumarios (que
absorberá las funciones del Sector sumarios creado oportunamente);
XI) que las principales funciones de la Asesoría Jurídica
serán: asesorar legalmente a la Dirección General de los Servicios
Administrativos y a la Suprema Corte de Justicia; elaboración de los
informes técnicos solicitados por la Dirección General de los Servicios
Administrativos y la Suprema Corte de Justicia; asesoramiento
en materia jurídica, asegurando la homogeneidad de los criterios
aplicados; controlar la correcta realización de los procedimientos
disciplinarios instruidos a funcionarios magistrados y no magistrados;
representar a la Dirección General de los Servicios Administrativos y
a la Suprema Corte de Justicia cuando así lo determinen.
XII) que las principales funciones del Departamento de Sumarios
son supervisar la correcta realización de los procedimientos
disciplinarios instruidos a funcionarios no magistrados; realizar
los procedimientos de licencias prolongadas por enfermedad y su
contralor, asimismo se encarga de la solicitud y contralor de las Juntas
Médicas de ASSE, BPS o los servicios contratados, comunicaciones de
precepto de inicio y nalización de procedimientos disciplinarios a la
Ocina Nacional del Servicio Civil, División Contaduría y División
Recursos Humanos.-
ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto por los artículos 239 ordinal
2º de la Constitución de la República y 55 numeral 6º de la Ley Nº
15.750 de 24 de junio de 1985;

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