Administrativo direccion casinos (general). Beneficio participacion utilidades. Extension.

Número de Iniciativa81625
Año1992
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaPoder Ejecutivo -
Ley 16.268
Publicada D.O. 15 jul/992 - Nº 23621
Ley Nº 16.268 CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO EXTIÉNDESE AL AÑO 1992, EL BENEFICIO CREADO POR LA LEY 16.016,
REFERENTE A SUS UTILIDADES
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo Único.- Extíendase al año 1992 el beneficio creado por la ley 16.016, de 29 de diciembre de 1988, el que se distribuirá de la misma forma que dispuso la citada norma.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 16 de junio de 1992.

GONZALO AGUIRRE RAMÍREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo 22 de junio de 1992.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

LACALLE HERRERA.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

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