Las apariencias engañan. La legalidad y la legitimidad no siempre van de la mano

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LAS APARIENCIAS ENGAÑAN. La
legalidad y la legitimidad no siempre van de la
mano *
Ramiro Castro
En la edición aniversario de ContraArgumento, Matías Calero realizó una
interesante crítica a un artículo que publicamos en la trigésimo segunda
edición de la revista. El tema central del cuestionamiento radica en que la
legitimidad de la Ley de urgente consideración (LUC), no puede
determinarse desde un criterio sustancial que tome en cuenta los usos o
ejercicio de la facultad otorgada al Poder Ejecutivo por el artículo 168 de la
Constitución, respecto a enviar proyectos de ley al Parlamento que sean
declarados de urgente consideración, sino que por el contrario, la única
manera de hacerlo es «la fría e insulsa racionalidad jurídica manifestada en el
respeto de las formalidades» (1) y por ende, el intérprete debe centrarse en éstas
y no en el producto de su aplicación. (2)
La crítica de Calero se estructura de la siguiente manera. Lo primero que
plantea apoyándose en los conceptos de Hans Kelsen (3) es que un
gobierno o las medidas que tome, serán legítimas siempre y cuando respeten
la normatividad constitucional. Además, para reforzar su razonamiento apeló
a lo que llama la teoría práctica del derecho y a lo que H.L.A. Hart denominó el
aspecto interno de las normas, es decir, que las reglas para las personas que las
obedecen son más que simples pautas de conducta; son razones para actuar.
(4)
El segundo paso del razonamiento consistió en incorporar nociones
sociológicas de la mano de Max Weber, para continuar reforzando la
concepción de Hans Kelsen en cuanto a que la legitimidad de las actuaciones
del Estado se fundan en la «racionalidad inherente a la formalidad jurídica». (5)
Por lo tanto, para Calero la LUC es legítima porque se respetaron los
mecanismos constitucionales requeridos para su presentación y sanción,
siendo «un dato teóricamente irrelevante que el oficialismo lo utilice de manera
táctica para defender su buque insignia». (6)
La crítica de Calero da un punto clave, la indeterminación de definiciones y
criterios para realizar juicios de legitimidad fuera de los límites del sistema
jurídico. En este sentido, hay que reconocer que es un argumento de peso
que coloca al debate en al plano del derecho, que nos obliga a hallar normas
jurídicas que permitan explicar por qué LUC puede ser ilegítima.
*Este artículo fue publicado en la 35ª edición de ContraArgumento, correspondiente a los meses de
junio-julio de 2021.
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