Aportes rurales. Calendario liquidaciones y pago. Determinacion.

Número de Iniciativa89058
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaPoder Ejecutivo -
Ley 16.411
Publicada D.O. 6 set/993 - Nº 23878
Ley Nº 16.411 APORTES RURALES FACULTASE AL PODER EJECUTIVO A DETERMINAR EL CALENDARIO
DE LIQUIDACIONES Y PAGOS ESTABLECIDOS EN LA LEY 15.852
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo Unico.- Facúltase al Poder Ejecutivo a determinar el calendario de liquidaciones y pagos de los aportes rurales referidos en la Ley N° 15.852, de 24 de diciembre de 1986.

Al ejercer esta facultad el Poder Ejecutivo no podrá fijar plazos para efectuar liquidaciones y pagos que superen los seis meses.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 24 de agosto de 1993.

GONZALO AGUIRRE RAMIREZ,
Presidente.
Juan Harán Urioste,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 31 agosto de 1993.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

LACALLE HERRERA.
ENRIQUE ALVARO CARBONE.
IGNACIO de POSADAS MONTERO.
PEDRO SARAVIA.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR