BCU debería informar a deudores dice texto oficial

Un informe de la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información (Agesic) es favorable al proyecto de ley sobre el Clearing. Afirmó que es "garantista" que se avise al deudor incluido en él y que lo mismo debería hacer el Banco Central.El informe de la Agesic de fecha 15 de noviembre -al que accedió El País- fue elaborado por el encargado de Derechos Ciudadanos, el abogado Marcelo Bauzá y enviado a la comisión de Hacienda del Senado que analiza el proyecto.Afirma que el proyecto de ley elaborado por los senadores nacionalistas Luis Alberto Lacalle y Francisco Gallinal "es una norma garantista" que "perfecciona la normativa vigente" y "goza de buena técnica y conceptos jurídicos compartibles".El proyecto modifica la normativa en cuanto al manejo de datos personales por parte del Clearing de Informes, una empresa multinacional (capitales estadounidenses) que se dedica a vender información sobre la trayectoria crediticia de los consumidores.El texto propone que quien sea incorporado a la base de datos como deudor deba ser notificado por lo menos diez días antes, por escrito y a domicilio, y además disponga de un plazo para hacer sus descargos.Según el informe de la Agesic, la obligación de notificar al implicado "es una norma garantista que le permite al afectado tomar conocimiento de la causa y oportunidad en la que un acreedor resuelve informar la situación a alguna base de datos de titularidad físico o jurídica"."Se comparte el criterio y sentido de la norma. Sin desmedro de ello, a juicio del suscrito, el beneficio de esta garantía debería extenderse a los deudores personas jurídicas. No vemos inconveniente en ello. Resultaría un elemento disonante y discriminante dejarlas a un lado", afirma la Agesic.Acota que "por iguales razones de coherencia y eliminación de todo factor de distorsión o discriminación del régimen de protección de datos personales en su conjunto, entendemos necesario ampliar el alcance de este proyecto a las bases de datos de pertenencia pública con acceso a terceros, como la Central de Riesgos Crediticios del Banco Central".Por otra parte, el artículo 2°, del proyecto, regula un procedimiento destinado a recibir y tramitar los eventuales descargos del deudor cuya obligación incumplida es objeto de registro."Estamos ante una previsión igualmente loable además de consecuentemente lógica, desde el momento que si se prevé una notificación al afectado no es para otra cosa que para darle la posibilidad de alguna suerte de...

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