El BCU lanza tres normativas para ampliar los servicios bancarios

Con el objetivo de ampliar la penetración del sistema bancario, el Banco Central reglamentó tres nuevas modalidades para mejorar la red de servicios financieros: los bancos minoristas, corresponsales financieros y las cuentas básicas de ahorro.La Superintendencia de Servicios Financieros adoptó tres resoluciones sobre esos temas que "están orientadas a la promoción de una mayor inclusión financiera" dice el comunicado divulgado ayer por el Banco Central (BCU)."La normativa aprobada tiene como norte ampliar el acceso de los ciudadanos a los servicios financieros, que por su nivel de ingreso, sus dificultades de acceso a los mercados o su grado de aislamiento geográfico, entre otras causas, veían limitada la utilización de dichos servicios", agrega.Se espera que con la creación de los bancos minoristas y los servicios de corresponsalía se pueda "incrementar significativamente el grado de penetración del sistema financiero mediante una mayor presencia de puestos de prestación de servicios, sea directamente mediante nuevas instituciones bancarias o indirectamente mediante redes de corresponsales". Además de esas figuras se crearon las cuentas básicas de ahorro (ver recuadro).Corresponsales financieros podrán ser aquellas instituciones que realicen servicios "por cuenta y responsabilidad" de bancos, administradoras de crédito, empresas de servicios financieros y casas de cambio "como actividad complementaria a su actividad principal".La corresponsalía deberá concretarse mediante un contrato con el banco que no podrá ser de exclusividad y que deberá ser aprobado por el BCU. En la solicitud de autorización deberán acreditar la solvencia patrimonial. Los supermercados, farmacias y redes de pago son candidatos a ser corresponsales financieros.Algunos de los servicios que podrán prestar son compraventa de monedas y billetes extranjeros, arbitraje, canje, compraventa de metales preciosos, emisión y adquisición de órdenes de pago a la vista en moneda extranjera, transferencias entre cuentas, desembolsos y cobranzas de créditos, envío y recepción de giros y transferencias y cobranzas y pagos.En el contrato se establecerá los servicios de corresponsalía a contratar, "indicando los límites por persona, por tipo de transacción, por cantidad de operaciones u otros, así como las demás condiciones para la prestación de dichos servicios".Los corresponsales financieros tendrán la obligación de mantener cajas separadas y una contabilidad independiente, cumplir con toda la...

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