Al borde del precipicio

La globalización tiene sus ventajas y, también, sus peligros. Uno de ellos es que los acontecimientos políticos en una región rápidamente tienen un impacto en lugares aparentemente distantes.ynbsp;Así sucede con las hostilidades en Ucrania. Esta "situación" es difícil de clasificar. Por una parte es una guerra civil, entre el Estado de Ucrania y una minoría étnica rusa (que es mayoritaria en algunas de las regiones de ese país); por el otro, se está convirtiendo en un conflicto internacional, debido a la intervención más o menos encubierta de Rusia. La cual, no satisfecha con engullirse a Crimea, ahora parecería interesada en devorarse una buena tajada del resto del territorio ucraniano.Lo que sucede en esa región tiene cuatro tipos de consecuencias.El primero son sus efectos sobre la misma Ucrania, su territorio y su sociedad.El segundo son a escala regional. La intromisión rusa en los asuntos internos de Ucrania causa una justificada alarma en el resto de Europa que, de pronto, debe enfrentarse al hecho de que Rusia continúa siendo una gran potencia dispuesta a utilizar la fuerza para mantener su esfera de influencia en la zona oriental o, incluso, para recuperar algo de lo que perdió la URSS.El tercer tipo de consecuencia es transatlántico. Los Estados Unidos, comprometidos en escenarios laterales, como Irak y Afganistán, de pronto se encuentran con una crisis de primera magnitud en lo que por décadas fue el escenario principal de su política estratégica: Europa. La primera consecuencia de esa dolorosa caída del mundo de los sueños ha sido el renacimiento de la OTAN que se reúne en estos días en Gran Bretaña.Finalmente, existe un cuarto tipo de consecuencias que nos afecta más directamente.La conducta internacional de Rusia, tanto en Crimea como actualmente en Ucrania, es un caso de intervención armada unilateral de una gran potencia en el territorio de una más pequeña, en violación del Derecho Internacional.Como señaló la impecable Resolución 68/262 sobre la integridad del territorio de Ucrania, aprobada en marzo por la Asamblea General de las Naciones Unidas, los Estados tienen la obligación, bajo el artículo 2 de la Carta de abstenerse de recurrir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR