La 'botinera' a la que la Justicia le dijo que mejor fuera a trabajar

Reclamó una pensión de US$ 250.000 por mes tras año y medio de pareja.

Una joven, de 27 años, exigió una pensión alimenticia de US$ 250.000 a un exdelantero de Peñarol que hoy milita en un club de Oriente Medio. Un fallo del Tribunal de Apelaciones consideró que no debía pedir pensión alimenticia porque jamás estuvieron casados ni tenían hijos y, además, estudió una profesión gracias al aporte a la casa realizado por el futbolista.

"No existe ningún impedimento para que la actora no trabaje y se procure su manutención: es una mujer muy joven, profesional universitaria, tiene experiencia laboral, no tiene problema de salud ni hijos del matrimonio que le requieran su atención", señala un reciente fallo por unanimidad de los ministros del Tribunal de Apelaciones de Familia de 1er Turno.

Enseguida el dictamen agrega: "(La demandante) tampoco ha probado que en el breve plazo que duró la vida de consuno (concubinato) su apartamiento de la vida laboral fuera como consecuencia de su dedicación a la vida matrimonial o familiar. Por el contrario, fue por su propio beneficio para seguir estudiando" en la facultad.

El fallo fue firmado por los ministros del Tribunal de Apelaciones de Familia de 1er Turno, María del Carmen Díaz, María Lilián Bendahan y Gerardo Peduzzi. Ratificó una sentencia en primer instancia a favor del deportista demandado.

La demandante señala que interpuso un recurso de apelación señalando que la sentencia en primera instancia trata el caso como de entre excónyuges, cuando se está ante una pensión entre "cónyuges" (como lo establece el fallo) dado que "no existe sentencia de divorcio ni de separación provisional", como lo establece el Código Civil.

La mujer basó su demanda en que los cónyuges se deben fidelidad mutua y auxilios económicos recíprocos y considera que el futbolista incumplió los mismos. También sostuvo que ella no trabajaba, realizaba las tareas del hogar y se dedicó al estudio de su profesión mientras convivía con el deportista.

En la apelación señaló que el fallo en primera instancia juzgó su edad 27 años y no sus necesidades económicas reales y que dicho dictamen también hizo hincapié en la capacidad laboral de la mujer y no en el hecho de que no tiene trabajo.

La demandante insistió en que, cuando inició la relación con el futbolista, dejó sus dos trabajos y que este era quien sostenía el hogar. Por ende, sostuvo, "el deber de alimentos entre los cónyuges deriva del deber de asistencia económica recíproca de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR