El BROU debe devolver aval a López Mena

Un beneficiario directo de la inconstitucionalidad de la ley de Pluna será el empresario Juan Carlos López Mena. Ya no tendrá que seguir pagando el aval por US$ 13,6 millones de Cosmo, y además el BROU le devolverá las dos cuotas que abonó.En Presidencia guardaron silencio sobre las posibles consecuencias del fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), la oposición criticó duramente al gobierno y desde el Frente Amplio todos los disparos fueron, una vez más, contra el Poder Judicial.Una de las primeras consecuencias de la decisión de la SCJ del pasado jueves, que en votación dividida declaró inconstitucional los tres principales artículos de la ley de Pluna, está incluida en el acuerdo para el pago del aval por la subasta de los siete aviones que tenía la aerolínea, y que firmaron el BROU -con el respaldo de su presidente Fernando Calloia, los directores Jorge Perazzo y Danilo Vázquez, y la negativa del director de la oposición Alejandro Irastorza- y López Mena, propietario de la naviera Buquebus y de la aerolínea BQB.En dicho acuerdo, López Mena se comprometió a pagar en ocho cuotas semestrales US$ 13,6 millones al BROU. Dicho monto es el que la empresa española Cosmo debía abonar al fideicomiso de Pluna por no haber concretado la compra de los siete aviones de la aerolínea, por los que ofertó US$ 137 millones. En junio de este año, Calloia informó que López Mena pagó las dos primeras cuotas.En el acuerdo, entre el BROU y López Mena, se incluyó una cláusula que prevé reembolsar el dinero abonado por el empresario si una sentencia deja sin efecto la subasta de los aviones, lo que implica la nulidad del remate y del aval.El punto séptimo del acuerdo lleva el titulo de "Resolución" y expresa: "En casos de que la normativa en base a la cual se estructuró la subasta de los aviones quedara sin efecto o resultare inaplicable por prosperar las acciones legales promovidas al respecto, por sentencia ejecutoriada y por ende si ello implicara, entre otros, la nulidad del remate y en consecuencia la del aval otorgado por el BROU al MEF, el convenio se resolverá sin más trámite y de pleno derecho, sin necesidad de gestión o acto alguno a partir de la fecha de tal declaratoria judicial, debiendo el Banco reembolsar las sumas ya abonadas en un plazo de diez días a contar del requerimiento que se le efectúe". Y agrega: "El reembolso se realizará en las mismas condiciones en que la sumas fueron abonadas".El pago de este aval es parte de un expediente que tramita el...

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