Chile-uruguay. Seguridad social. Convenio. Aprobacion.

Número de Iniciativa9138
Año1997
Tipo de proyectoLEY
Autor de la iniciativaPoder Ejecutivo -
Ley 17.144
Publicada D.O. 18 ago/999 - Nº 25338
Ley Nº 17.144 CHILE - URUGUAY CONVENIO DE SEGURIDAD SOCIAL El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, DECRETAN:

Artículo único.- Apruébase el Convenio de Seguridad Social entre los Gobiernos de la República Oriental del Uruguay y de la República de Chile, suscrito en la ciudad Montevideo, el 1º de agosto de 1997.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 28 de julio de 1999.

HUGO FERNANDEZ FAINGOLD,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Montevideo, 9 de agosto de 1999.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

SANGUINETTI.
DIDIER OPERTTI.
GERARDO STEFFANO.

Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.

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