Circular N° 8428 de Corte Electoral, 05-09-2009

Fecha05 Septiembre 2009
Año2009
Tipo de documentoCircular
CIRCULAR N° 8428
Montevideo, 5 de setiembre de 2009.
SEÑOR JEFE DE LA OFICINA ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE,
Señor Jefe:
La Corte Electoral en sesión de 2 del corriente, dispuso
poner en su conocimiento la reglamentación de la Ley N° 18.485
de 11 de mayo de 2009 que se transcribe a continuación:
“VISTO: Lo dispuesto en la Ley Nº18.485 de 11 de mayo de 2009,
por la que se dictan normas que regulan la formación,
funcionamiento y financiamiento de los partidos políticos, la que
entró en vigencia el día 30 de mayo de 2009
RESULTANDO: Que al regular diversos aspectos de la formación y
funcionamiento de los partidos políticos, la ley referida es
susceptible de sucesivas reglamentaciones que abarquen el
conjunto de aquellos.
CONSIDERANDO: I) Que ante la inminencia de la realización de la
elección nacional a celebrarse el día 25 de octubre de 2009, se
reglamentarán aspectos concernientes a esa elección en lo que
respecta al financiamiento público.
II) Que el inciso 1º del art. 20º de la ley
Nº18.485, incluido en la sección 2ª “del financiamiento público”
del capítulo I de la ley establece la contribución del Estado en la
elección nacional, así como la correspondiente para el caso de la
segunda elección y en el artículo 21º de la misma ley la forma y
porcentajes de su distribución.
III) Que en el capítulo II “De las campañas
electorales” Sección 1ª “De los responsables de campaña” de
dicha ley se dispone la existencia de Comités de Campaña y de
Responsables de Campaña, a los que se les imponen
obligaciones y responsabilidades, atinentes al financiamiento de
las campañas. Que en la presente reglamentación solo se

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