Circular N° 8519 de Corte Electoral, 30-12-2009
Fecha | 30 Diciembre 2009 |
Año | 2009 |
Tipo de documento | Circular |
CIRCULAR N° 8519
Montevideo, 30 de diciembre de 2009.
SEÑOR JEFE DE LA OFICINA ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE
Señor Jefe:
La Corte Electoral en acuerdo celebrado el 18 del
corriente, aprobó la reglamentación del financiamiento público de
los partidos políticos, para la Elección Departamental del 9 de
mayo de 2010, que a continuación se transcribe
“VISTO: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.485 de 11 de
mayo de 2009, por la que se dictan normas que regulan la
formación, funcionamiento y financiamiento de los partidos
políticos, la que entró en vigencia el día 30 de mayo de 2009.
RESULTANDO: Que al regular diversos aspectos de la
formación y funcionamiento de los partidos políticos, la ley
referida es susceptible de sucesivas reglamentaciones que
abarquen el conjunto de aquellos.
CONSIDERANDO: I) Que ante la realización de las
reuniones de los órganos deliberativos departamentales y de la
proximidad de la realización de la elección departamental a
celebrarse el día 9 de mayo de 2010, se reglamentarán aspectos
concernientes a esa elección en lo que respecta a al
financiamiento público.
II) Que el inciso 2º del art.20º de la ley
Nº18.485, incluido en la sección 2ª “del financiamiento público”
del capítulo II de la ley establece la contribución del Estado para
las elecciones departamentales y en el artículo 23º de la misma
ley la forma y porcentajes de su distribución.
III) Que en el capítulo II “De las campañas
electorales” Sección 1ª “De los responsables de campaña” de
dicha ley se dispone la existencia de Comités de Campaña y de
Responsables de Campaña, a los que se les imponen
obligaciones y responsabilidades, atinentes al financiamiento de
las campañas. Que en la presente reglamentación solo se tratarán
en lo que refieren al financiamiento público.
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