Circular N° 9465 de Corte Electoral, 19-02-2015

Fecha19 Febrero 2015
Año2015
Tipo de documentoCircular
CIRCULAR N° 9465
Montevideo, 19 de febrero de 2015.
La Corte Electoral en acuerdo de 18 del corriente
dispuso poner en su conocimiento lo que a continuación se
transcribe:
VISTAS: La Ley N° 18.485, de 11 de mayo de 2009 y la necesidad
de reglamentar lo concerniente al financiamiento público de los
partidos políticos en vistas de las próximas elecciones
departamentales a realizarse el 10 de mayo de 2015.
RESULTANDO: Que por Circular N° 8519 de 19 de diciembre de
2009, la Corporación reglamentó dicho aspecto de la citada ley y
que las nomas de dicha Circular, son pasible de ser recreadas, en lo
pertinente, habida cuenta de que las normas legales que la motivan
no han variado.
CONSIDERANDO:
I.- Que el inciso 2° del artículo 20 de la Ley N° 18.485,
incluido en la sección 2ª del “financiamiento público” del capítulo II
de la ley establece la contribución del Estado para las elecciones
departamentales y en el artículo 23 de la misma ley la forma y
porcentajes de su distribución.
II.- Que, asimismo, en el capítulo II “De las campañas
electorales” Sección 1ª “De los responsables de campañas” de dicha
ley se dispone la existencia de Comités de Campaña y de
Responsables de Campaña, a los que se les impone obligaciones y
responsabilidades, atinentes al financiamiento de las campañas.

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