Circular No. 2.336.- Modifícase el art. 1 del Libro I, Operaciones de Cambio, de la Recopilación de Normas de Operaciones.

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Documen tos
Nº 30.368 - enero 29 de 2020
DiarioOf‌icial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 24 y 27 de enero y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
ENTES AUTÓNOMOS
BANCO CENTRAL DEL URUGUAY - BCU
1
Circular 2.336
Modifícase el art. 1 del Libro I, Operaciones de Cambio, de la Recopilación
de Normas de Operaciones.
(322*R)
BANCO CENTRAL DEL URUGUAY
Montevideo, 24 de enero de 2020
Ref: MODIFICACIÓN DE LA RECOPILACIÓN DE NORMAS
DE OPERACIONES - LIBRO 1 - OPERACIONES DE CAMBIO.
Se pone en conocimiento que este Banco Central adoptó, con
fecha 22 de enero de 2020, la resolución D/10/2020 que se transcribe
seguidamente:
1) Modicar el artículo 1 del Libro I - Operaciones de Cambio - de
la Recopilación de Normas de Operaciones, el que quedará redactado
de la siguiente forma:
Artículo 1 (MERCADO DE CAMBIOS). Es el que integran el
Banco Central del Uruguay, los bancos, casas nancieras, instituciones
nancieras externas, cooperativas de intermediación nanciera, casas
de cambio y empresas de servicios nancieros al realizar las siguientes
operaciones:
a. Compraventa de monedas y billetes extranjeros;
b. Arbitraje;
c. Canje;
d. Compraventa de metales preciosos;
e. Emisión y adquisición de órdenes de pago a la vista en moneda
extranjera;
f. Venta de cheques de viajero;
g. Compraventa de monedas cuyas prestaciones recíprocas
se ejecutarán en una fecha futura a un tipo de cambio
predeterminado (mercado de cambios a futuro).
Sólo las empresas referidas en el acápite del inciso anterior pueden
efectuar habitual y profesionalmente las operaciones mencionadas
en dicho inciso con personas físicas o jurídicas que no componen
el mercado de cambios.
Adicionalmente, podrán participar del mercado de cambios:
- A los efectos de las operaciones previstas en los literales a), b) y
c), las administradoras de fondos de ahorro previsional (por cuenta
del fondo que administran) y las empresas de seguros que brindan
cobertura en la rama de seguros previsionales.
- A los efectos de las operaciones previstas en el literal g), las
administradoras de fondos de ahorro previsional (por cuenta del
fondo que administran), las empresas de seguros que brindan
cobertura en la rama de seguros previsionales, las bolsas de valores
y los corredores de bolsa.
La Gerencia de Política Económica y Mercados podrá ampliar
la nómina de entidades que pueden participar del mercado de
cambios a futuro a los solos efectos de realizar operaciones por su
propia cuenta”.
2) Establecer que la presente resolución entrará en vigencia el 1
de febrero de 2020.”
Ec. Adolfo Sarmiento, Gerente Política Económica y Mercados.
Exp. 2018-50-1-02343
SERVICIOS DESCENTRALIZADOS
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
SALUD DEL ESTADO - ASSE
2
Resolución 5.915/019
Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria Sra. Nora Mariela
Guira Báez como Especialista VII Servicios Asistenciales, perteneciente al
Sistema de Atención Integral de las Personas Privadas de Libertad.
(313)
ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO
Montevideo, 3 de Diciembre de 2019
Visto: la renuncia presentada por motivos particulares de la
funcionaria Sra. Nora Mariela Guira Báez, de la Administración de
los Servicios de Salud del Estado;
Considerando: que para su tramitación se dio cumplimiento a los
requisitos exigidos en los formularios respectivos;
Atento: a lo expuesto y a las atribuciones delegadas por Resolución
Nº 5674/14 del Directorio de A.S.S.E. de fecha 18/12/14;
La Gerencia de Recursos Humanos de A.S.S.E.
(en ejercicio de las atribuciones delegadas)
Resuelve:
1) Acéptase la renuncia presentada por la funcionaria NORA
MARIELA GUIRA BÁEZ - C.I.: 1.483.343-5, como Especialista
VII Servicios Asistenciales, Presupuestado, (perteneciente a la
Unidad Ejecutora 086 - S.A.I.P.P.L. - Sistema de Atención Integral
de las Personas Privadas de Libertad - Escalafón “D” - Grado 03 -
Correlativo 1091), a partir del 04 de abril de 2020.
2) Comuníquese, pase a la Unidad Ejecutora involucrada, a la
Unidad Ejecutora 087 - Asistencia Integral, Habilitaciones, Historia
Laboral, y División Remuneraciones de la Gerencia de Recursos
Humanos de A.S.S.E. Cumplido, archívese en la Unidad Ejecutora
respectiva.
Res: 5915/19
Ref: 29/086/2/122/2019
/ms
T/RRLL Sandra Caquías, Gerente de Recursos Humanos, A.S.S.E.

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