Circular No. 2296.- Incorpórase el art. 644.5.1 la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero, relativo a la información sobre operaciones de enajenación o adquisición de cartera, que deben comunicar a la Superintendencia de Servicios Financieros, las empresas administradoras de crédito de mayores activos

(632*R)

BANCO CENTRAL DEL URUGUAY

Montevideo, 29 de enero de 2018

Ref: Empresas Administradoras de Crédito de Mayores ActivosInformación sobre operaciones de enajenación o adquisición de cartera. Incorporación del art. 644.5.1 a la R.N.R.C.S.F.

Se pone en conocimiento que la Superintendencia de Servicios Financieros adoptó con fecha 3 de enero 2018, la resolución que se transcribe a continuación:

"INCORPORAR en el Capítulo VI - Otras Informaciones, del Título II - Régimen Informativo, de la Parte III - Empresas Administradoras de Crédito, del Libro VI - Información y Documentación de la Recopilación de Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero, el siguiente artículo:

ARTÍCULO 644.5.1 (INFORMACIÓN SOBRE OPERACIONES DE ENAJENACIÓN O ADQUISICIÓN DE CARTERA).

Las empresas administradoras de crédito de mayores...

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