Decreto 288/019.- Autorízase por única vez la bonificación de hasta el 50%, en el precio de la inspección técnica vehicular a la nómina de apicultores que remita la Dirección de la Granja, y que cumplan con los requisitos que se determinan

VISTO: la gestión promovida en autos por la Comisión Honoraria de Desarrollo Apícola.

RESULTANDO: I) Que la referida Comisión Honoraria expresa la preocupación de los productores apícolas, por la obligación a partir del presente año, de realizar la inspección técnica de todos aquellos vehículos, con capacidad de carga mayor a 2 toneladas y con un peso bruto total igual o menos a 8.5 toneladas.

II) Que asimismo manifiestan que el sector apícola atraviesa una coyuntura compleja, por lo que Ies resulta oneroso a los productores propietarios de un camión de baja capacidad de carga, asumir la obligación que supone el costo de la inspección.

CONSIDERANDO: I) Que el Registro Nacional de Apicultores del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, consigna que los apicultores que ostentan más de 250 colmenas, y que desarrollan la actividad como modo de vida, asciende al orden de 660 productores.

II) Que dentro de este grupo de productores se concentran propietarios de vehículos, que por su peso bruto total, están alcanzados por la obligación de realizar la inspección técnica.

III) Que según estimaciones el número de vehículos con capacidad decarga entre3.5y 8.5 toneladas oscilaría entre los 250 y 300 vehículos.

IV) Que la Dirección de la Granja del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca, administradora de dicho registro, elaborará un listado de productores con identificación del RUT y cantidad de colmenas de los 660 apicultores, la cual será enviada a la Dirección Nacional de Transporte a los efectos de considerar una disminución del precio de la inspección.

ATENTO: a lo dispuesto...

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