Decreto 304/019.- Modifícase el art. 52 del Decreto 99/986 de 13 de febrero de 1986

VISTO: lo dispuesto en el artículo 52 del Decreto Nº 99/986, de 13 de febrero de 1986;

RESULTANDO: I) que el Ministerio de Relaciones Exteriores en el marco de la Convención de Viena, ha suscripto con algunos países Acuerdos bajo la modalidad de intercambio de Instrumentos internacionales, que establecen regímenes específicos;

II) que el artículo 52 del Decreto Nº 99/986, de 13 de febrero de 1986, establece que "El Ministerio de Relaciones Exteriores queda facultado para interpretar el presente decreto con los asesoramientos que estime pertinentes. Los casos no previstos serán resueltos recurriendo a los Tratados Internacionales que vinculen a la República y a las normas del Derecho Internacional Consuetudinario";

III) que a los efectos de lo que acaba de señalarse, se estima conveniente contar, en tales casos, con un pronunciamiento...

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