Decreto 314/019.- Adóptanse los “Requisitos Zoosanitarios de los Estados Partes para la importación de embriones ovinos recolectados in vivo”, así como el “Modelo de Certificado Veterinario Internacional”, aprobados por Resolución MERCOSUR/GMC Nº 16/19 de 5 de junio de 2019

VISTO: lo dispuesto por el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y por la Resolución GMC Nº 16/19, de 5 de junio de 2019;

RESULTANDO: que por la mencionada Resolución son revisadas las disposiciones contenidas por la Resolución GMC Nº 48/14, de 27 de noviembre de 2014, aprobándose requisitos zoosanitarios de los Estados Partes del MERCOSUR, para la importación de embriones ovinos recolectados in vivo, y disponiéndose, asimismo, la derogación de la Resolución precedentemente señalada;

CONSIDERANDO: I) la adopción de la referida Resolución, facilitará el intercambio comercial de importación de embriones ovinos recolectados in vivo, desde y hacia los territorios de los Estados Partes del MERCOSUR y de terceros países, sin afectar la condición sanitaria en el ámbito nacional y regional;

II) de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción - Protocolo de Ouro Preto, aprobado por Ley Nº 16.712, de 1º de setiembre de 1995 - los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los...

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