Decreto No. 109/020.- Dispónese que las personas de 65 años o más, comprendidas en el ámbito de aplicación del subsidio por enfermedad establecido por el Decreto-Ley 14.407 de 22 de julio de 1975, modificativas y concordantes, podrán permanecer en aislamiento por el plazo máximo de treinta días, según determinen y comuniquen las empresas al BPS, quedando excluidos aquellos trabajadores que puedan realizar o realicen sus tareas habituales desde su domicilio.

Publicado enDiario Oficial de Uruguay

Decreto 109/020

Dispónese que las personas de 65 años o más, comprendidas en el ámbito de aplicación del subsidio por enfermedad establecido por el Decreto-Ley 14.407 de 22 de julio de 1975, modificativas y concordantes, podrán permanecer en aislamiento por el plazo máximo de treinta días, según determinen y comuniquen las empresas al BPS, quedando excluidos aquellos trabajadores que puedan realizar o realicen sus tareas habituales desde su domicilio.

(1.317 R)

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 25 de Marzo de 2020

VISTO: la emergencia nacional sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo a causa de la pandemia originada por el virus coronavirus COVID-19,

RESULTANDO: I) que por Decreto Nº 93 de fecha 13 de marzo de 2020, se dispusieron medidas con el fin de mitigar y prevenir las :onsecuencias de la propagación del mencionado virus,

II) que en los últimos días se ha constatado un incremento de las personas infectadas por COVID-19,

III) que existe evidencia científica de que la enfermedad :oronavirus COVID-19 en personas de sesenta y cinco años de edad d más, aumenta el riesgo de desarrollar complicaciones severas,

CONSIDERANDO: I) que resulta necesario e impostergable ampliar las medidas dispuestas, limitando en forma temporaria la movilidad de las personas dentro de la franja etaria señalada en el

Resultando III) del...

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